Unen fuerzas movimientos de Sonora contra deficiencias del Isssteson

Los grupos coincidieron en que es un derecho humano fundamental y constitucional que debe ser garantizado por el Estado

Se reunieron frente al palacio de gobierno
Se reunieron frente al palacio de gobierno

Para continuar con la lucha sobre las mejoras que se presta tanto en el área de salud como en las pensiones por parte de l en el servicio del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora (Isssteson), se unieron tres movimientos para hacer un frente común para que resuelvan sus peticiones.

Luego de varios llamados, entrega de peticiones y manifestaciones, en distintos tiempos y cada uno por su cuenta, finalmente se unieron los grupos MOVE SON que respalda al personal de enfermería del Estado, bajo el lema “enfermería cuidando enfermería”; M30-7, Movimiento 30 de julio, de derechohabientes del Isssteson; y el Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad de Sonora (Staus).

Los grupos coincidieron en que es un derecho humano fundamental y constitucional que debe ser garantizado por el Estado; sin embargo, viven una situación que vulnera su derecho y con frecuencia se enfrentan a casos donde compañeros acuden por algún servicio médico y el instituto presenta deficiencias.

“A pesar de que esta problemática ha sido reconocida públicamente tanto por el director del instituto, como por el gobernador del estado, no existe evidencia suficiente de soluciones, ni en el corto, ni en el mediano plazo”, señaló la delegada de jubilados y pensionados STAUS.

Dijo que las carencias que enfrentan no son menores ni excepcionales, sino que son parte de un deterioro sistemático que atenta con la salud y dignidad. “Una vez más, como lo hicimos hace seis meses y seguramente de aquí para adelante vendremos más seguido, destacando los problemas que siguen siendo los más urgentes y el desabasto crónico de medicamentos”.

Ramona Flores Varela destacó que estos movimientos no se trata de un privilegio, sino de una garantía legal establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el  Artículo 1 y Artículo 4, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y específicamente en la ley 38 del Isssteson, donde se establece claramente la obligación del Estado de cubrir cualquier el déficit de recursos en el instituto para asegurar la atención médica a sus derechohabientes.