LFT: ¿Cuánto me tienen que pagar si trabajo el jueves 1 de mayo? Así puedes hacer tu cálculo

En México, el Día Internacional del Trabajo, tiene un profundo significado histórico, pero también está contemplado por la LFT como un día de descanso

LFT: ¿Cuánto me tienen que pagar si trabajo el jueves 1 de mayo? Así puedes hacer tu cálculo

El próximo jueves 1 de mayo se conmemora en México el Día Internacional del Trabajo, una fecha emblemática que rinde homenaje a las luchas obreras que marcaron la historia laboral a nivel mundial.

En México este día no solo tiene un profundo significado histórico, sino que también está contemplado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un día de descanso obligatorio.

No obstante, hay sectores y trabajadores, que siguen presentándose a laborar ese día. Ante esto, muchos de ellos se preguntan, cómo se debe pagar ese día de trabajo.

¿POR QUÉ SE CELEBRA EL 1 DE MAYO?

El Día del Trabajo tiene sus raíces en los sucesos del 1 de mayo de 1886 en Chicago, Estados Unidos, cuando miles de trabajadores se manifestaron exigiendo mejores condiciones laborales, especialmente la jornada de ocho horas. La protesta derivó en una violenta represión, pero dejó un legado internacional que se mantiene hasta nuestros días.

En México, la primera conmemoración del 1 de mayo ocurrió en 1913, cuando más de 25 mil obreros participaron en un desfile organizado por la Casa del Obrero Mundial. Desde entonces, la fecha se convirtió en símbolo de la lucha obrera y de la reivindicación de los derechos laborales.

¿CUÁNTO ME DEBEN PAGAR SI TRABAJO EL 1 DE MAYO?

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que, en caso de laborar en un día de descanso obligatorio, el trabajador debe recibir:

  • El salario correspondiente al día (aunque sea feriado)
  • Un salario doble adicional por haber trabajado ese día
  • Es decir, el total a recibir es tres veces el salario diario.

Si el salario diario es de 278.80 pesos:

  • 278.80 pesos (por el día feriado)
  • 557.60 pesos (pago doble)
  • Total: 836.40 pesos

Si se trabaja en la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el salario mínimo es de 419.88 pesos:

  • 419.88 pesos (por el día feriado)
  • 839.76 pesos (pago doble)
  • Total: Mil 259.64 pesos

Este cálculo aplica para todos los trabajadores, siempre y cuando su contrato esté regido por la Ley Federal del Trabajo. En caso de que no se respete este derecho, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación legal gratuita.