¿Cuánto toca de vacaciones y cuáles son los días de descanso en 2025?
Si ya cumpliste 12 meses en la empresa donde laboras actualmente, tienes derecho a disfrutar de un periodo vacacional conforme a la LFT
Con el Día de Reyes finalizó la temporada festiva de invierno y el famoso "Maratón Guadalupe-Reyes". Sin embargo, para las personas trabajadoras con al menos un año de servicio, los días de descanso podrían regresar pronto en forma de vacaciones pagadas.
Si ya cumpliste 12 meses en la empresa donde laboras actualmente, tienes derecho a disfrutar de un periodo vacacional irrenunciable, regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Aquí te explicamos lo que necesitas saber.
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¿CUÁNTOS DÍAS DE VACACIONES CORRESPONDEN EN 2025?
El Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece:
Las personas trabajadoras con más de un año de servicios tendrán un periodo anual de vacaciones pagadas, no menor a 12 días laborables. Este periodo aumentará en dos días laborables por cada año subsecuente de servicios, hasta llegar a 20 días.
TABLA DE VACACIONES SEGÚN ANTIGÜEDAD
- 1 año - 12 días
- 2 años - 14 días
- 3 años - 16 días
- 4 años - 18 días
- 5 años - 20 días
Después de los cinco años, los días aumentan progresivamente de la siguiente manera:
- 10 años - 22 días
- 15 años - 24 días
- 20 años - 26 días
- 25 años - 28 días
- 30 años - 30 días
Este beneficio aplica si el tiempo de servicio es continuo en el mismo centro laboral o empresa.
¿Es posible elegir cuándo tomar mis vacaciones? Sí. Según el Artículo 78 de la LFT, el periodo mínimo a disfrutar de manera continua será de 12 días. Las personas trabajadoras pueden decidir cómo distribuir el resto de sus días de vacaciones.
Es importante recordar que las vacaciones no pueden ser compensadas económicamente, salvo que la relación laboral termine antes de cumplir un año de servicio. En este caso, se otorgará una remuneración proporcional.
¿CUÁLES SON LOS DÍAS DE DESCANSO OFICIAL EN MÉXICO PARA 2025?
Además de las vacaciones, este año cuenta con 8 días oficiales de asueto:
- 1 de enero: Año Nuevo
- 3 de febrero: Conmemoración del Día de la Constitución (lunes)
- 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez (jueves)
- 1 de mayo: Día del Trabajo (jueves)
- 1 de junio: Elecciones federales del Poder Judicial (domingo)
- 16 de septiembre: Día de la Independencia (martes)
- 17 de noviembre: Conmemoración de la Revolución Mexicana (lunes)
- 25 de diciembre: Navidad (jueves)
Si ya tienes un año o más en tu empleo, no olvides organizar tus vacaciones pagadas. Este derecho, además de estar garantizado por la ley, es fundamental para tu bienestar físico y emocional.