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¿Quiénes están exentos de pagar la TUA y cómo se aplica esta tarifa?

Se calcula en dólares y su conversión a pesos mexicanos varía mensualmente según el tipo de cambio promedio del mes anterior

¿Quiénes están exentos de pagar la TUA y cómo se aplica esta tarifa?

Este ajuste impactará el costo final de los boletos de avión, ya que la TUA es un cargo obligatorio que se incluye al momento de la compra. Sin embargo, no todos los pasajeros están obligados a pagarlo.

A partir del 1 de enero de 2025, la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México  (AICM) aumentará un 2.5 por ciento para vuelos nacionales y un 2.6 por ciento para internacionales.

Este ajuste impactará el costo final de los boletos de avión, ya que la TUA es un cargo obligatorio que se incluye al momento de la compra. Sin embargo, no todos los pasajeros están obligados a pagarlo.

¿QUÉ ES Y CÓMO SE APLICA LA TUA?

La TUA es un cobro que realizan los aeropuertos por el uso de sus instalaciones. Se calcula en dólares y su conversión a pesos mexicanos varía mensualmente según el tipo de cambio promedio del mes anterior, tal como lo establece el Diario Oficial de la Federación (DOF).

  • Vuelos nacionales: La TUA para vuelos domésticos pasará de 596 pesos (28.95 dólares) a 615 pesos (29.70 dólares).
  • Vuelos internacionales: Para destinos fuera del país, aumentará de mil 139 pesos (54.96 dólares) a mil 168 pesos (56.39 dólares).

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TARIFA SE APLICA SEGÚN EL DESTINO FINAL DEL PASAJERO

  • TUA nacional: A pasajeros cuyo destino final sea dentro de México.
  • TUA internacional: A pasajeros cuyo destino final esté en el extranjero.

¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE PAGAR TUA?

Algunos pasajeros no están obligados a cubrir este cargo. Según la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), los casos de exención son los siguientes:

  • Menores de tres años.
  • Representantes y agentes diplomáticos extranjeros, siempre que exista reciprocidad entre países.
  • Pasajeros en tránsito o conexión, conforme a los términos que determine la SICT.
  • Personal técnico aeronáutico en servicio, con licencia vigente expedida por la autoridad aeronáutica. Esto incluye tripulaciones extra, de refuerzo, de retorno o concentración, como pilotos, copilotos, sobrecargos y mecánicos de vuelo.

  • RECOMENDACIONES PARA LOS VIAJEROS


    Si cumples con alguno de los criterios de exención, asegúrate de informarlo al momento de adquirir tu boleto de avión. En caso de dudas o inconformidades, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda revisar los términos aplicables y solicitar aclaraciones a las aerolíneas.

    Mantente informado sobre estos cambios para planificar tus viajes de manera efectiva y evitar gastos innecesarios.