SAT: así puedes justificar un préstamo para que no sea considerado como ingreso

Mantener una situación fiscal transparente nos permite evitar sanciones monetarias o malentendidos con las autoridades fiscales del país

Por: Jesús Alvarez Mejilla

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha reforzado su vigilancia sobre los movimientos que hay entre los contribuyentes de México. Esto con el fin de evitar evasión de impuestos e ingresos no declarados; ante esto, algunos los usuarios del país se han preguntado si un préstamo puede generar una multa o una sanción por parte de las autoridades fiscales.

Esto puede ser un problema si no se sabe cómo declarar ante las autoridades algún préstamo, pues la dependencia podría ver esto como un ingreso que no ha sido declarado y podría ser motivo de una sanción. Es por ello que mantener una situación fiscal transparente nos permite evitar sanciones o malentendidos con las autoridades fiscales del país.

¿CÓMO PUEDO JUSTIFICAR UN PRÉSTAMO ANTE EL SAT?

En términos generales, los préstamos no son ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo; si estos montos superan un límite anual, el SAT señala que es obligación del contribuyente reportarlos en la declaración anual para evitar que las autoridades fiscales los consideren como ingresos no declarados y caer en problemas legales.

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Según el Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, si un contribuyente percibe más de 600 mil pesos en préstamos, donaciones o premios durante un año, el contribuyente se encuentra obligado a informar esto en la declaración anual. De otra manera; el SAT podría clasificar este préstamo como ingresos gravables y aplicar multas o sanciones a los contribuyentes.

¿DE CUÁNTO ES LA MULTA DEL SAT POR NO DECLARAR PRÉSTAMOS?

Según el SAT, en caso de que un contribuyente perciba más de 600 mil pesos en un préstamo durante un año y no son declarados, el contribuyente podría enfrentarse a multas que van desde 17 mil hasta 35 mil pesos, dependiendo de la gravedad de la omisión. Las sanciones se encuentran estipuladas en el Código Fiscal de la Federación y pueden ser aplicadas en los siguientes casos:

  • No informar sobre préstamos, donaciones o premios en la declaración anual.
  • No contar con documentación que acredite que el dinero recibido no es un ingreso gravable.
  • No realizar transferencias bancarias que evidencien la naturaleza del depósito

Además de la sanción económica, el SAT puede reclasificar el préstamo como ingreso sujeto a impuestos, lo que implicaría el pago del ISR correspondiente más recargos y actualizaciones.

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