¿Hereda el concubino en Sonora? Esto dice el Código de Familia sobre los derechos de sucesión sin matrimonio

Actualmente, es más común que las parejas opten por vivir juntos sin formalizar su relación mediante el matrimonio civil

¿Hereda el concubino en Sonora? Esto dice el Código de Familia sobre los derechos de sucesión sin matrimonio

En Sonora, cada vez más parejas optan por vivir en unión libre sin formalizar su relación mediante el matrimonio civil. Este modelo de convivencia, conocido legalmente como concubinato, ha adquirido relevancia en los últimos años debido a que muchas personas desconocen los derechos y obligaciones que genera, especialmente cuando sucede un evento inesperado como la muerte de uno de sus integrantes.

El Código de Familia y el Código Civil del Estado reconocen el concubinato como una figura jurídica que genera obligaciones y beneficios similares a los del matrimonio, siempre que la relación sea estable, pública y exclusiva.

¿HEREDA EL CONCUBINO EN SONORA?

Las parejas que viven en unión libre también cuentan con derechos legales en materia de herencia. De acuerdo con la legislación estatal, sí es posible heredar bajo concubinato, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos que permitan acreditar formalmente la relación ante un juez.

Incluso, cuando la unión se mantiene hasta la muerte de uno de sus integrantes, el concubino supérstite puede recibir bienes en la misma proporción que un cónyuge, siempre que el vínculo haya cumplido con los criterios legales.

REQUISITOS PARA QUE EL CONCUBINO PUEDA HEREDAR EN SONORA

Para que exista derecho a herencia por la vía de la sucesión legítima, es decir, cuando no hay testamento, deben demostrarse las siguientes condiciones:

  • Convivencia continua: Haber vivido juntos de manera estable durante los cinco años previos al fallecimiento del autor de la herencia.
  • Hijos en común: Si la pareja tuvo hijos, el requisito de los cinco años puede omitirse, siempre que hayan vivido juntos.
  • Libertad de matrimonio: Ambos debieron estar solteros, divorciados o viudos durante toda la relación. Si la persona fallecida estaba casada, el concubino queda excluido, pues la ley da preferencia al cónyuge.
  • Acreditación judicial: Es obligatorio iniciar un procedimiento legal para que un juez reconozca formalmente la existencia del concubinato.

¿EN QUÉ ORDEN HEREDA UN CONCUBINO?

En una sucesión legítima, el concubino o concubina participa en el reparto de bienes en el siguiente orden:

  • Con los descendientes, es decir, los hijos de la persona fallecida. En este caso, la herencia se divide entre todos.
  • A falta de hijos, con los ascendientes (padres) u otros familiares directos.

El concubino no desplaza a los demás herederos, pero sí comparte la herencia según lo determine la ley.

¿Y SI HAY TESTAMENTO?

Cuando existe un testamento, el escenario cambia por completo. La persona puede designar libremente a su concubino como heredero, lo que brinda certeza jurídica y evita procedimientos más largos para acreditar la unión.

Expertos recomiendan formalizar la situación mediante documentos o, en su caso, otorgar un testamento para garantizar la protección del patrimonio y evitar conflictos familiares.

Jhoanna Ontiveros Peraza
Jhoanna Ontiveros Peraza

Licenciada en Ciencias y Técnicas de la Comunicación en la Universidad Vizcaya de las Américas. Redactora en el Diario del Yaqui, cubro las secciones de Nacional, Finanzas y Farándula.