Quince cosas que ameritan que te despidan sin que te indemnicen
Toma nota, pues quizá tengas actitudes que por las cuales puedes llevarte la sorpresa de que te despidieron; hay una condición para que sea válida
Dado a que las relaciones laborales son complejas, por lo que en México se creó la Ley Federal del Trabajo (LFT), en donde se establecen derechos y obligaciones para ambas partes, y entre estas actividades están regulada la indemnización.
Así las cosas, como trabajador habrá acciones de los patrones que ameriten tu despido, pero la empresa no está obligada a indemnizarte, y aquí te decimos una lista de 15 acciones que impiden esto.
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Antes que otro tema, de acuerdo con la Real Academia Española (RAE), indemnización significa “Resarcir de un daño o perjuicio, generalmente mediante compensación económica”.
Entendido este punto, ahora sí, aquí te damos una serie de acciones que el empleado puede llegar a cometer en su horario de labores o en su centro de trabajo y, aunque piense que tiene derecho a que una remuneración económica, el artículo 47 de la LFT establece lo contrario.+
Lo que dice la LFT para no indemnizar:
- Falsificación de documentos, como el certificado de estudio
- Faltas de honradez, violencia, amagos, injurias o malos tratos contra el patrón, familiares, clientes o personal directivo
- Violencia hacia compañeros de trabajo
- Agresiones fuera del centro de trabajo contra el empleador, su familia o personal directivo, que hagan imposible la relación laboral
- Daños a las instalaciones
- Daños por negligencia ocasionados por el trabajador
- Comprometer la seguridad del centro de trabajo y de compañeros
- Acoso y hostigamiento
- Revelar información confidencial
- Acumular tres inasistencias, sin justificar, en menos de 30 días
- Desobediencia a instrucciones del empleador
- No atender medidas preventivas de accidentes o enfermedades de trabajo
- Consumo de drogas o alcohol
- Sentencia judicial con pena de prisión
- Falta de documentos que exijan leyes y reglamentos, indispensables para la prestación del servicio, cuando sea imputable al empleado.
Ahora que conoces qué acciones pueden impedir una indemnización, hay algo que también debes saber: el patrón deberá notificarte por escrito, claramente, las razones que tuvo para despedirte, así como enumerar las faltas y las fechas en que las cometió.