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¿Nuevo empleo? No debes firmar este tipo de contrato laboral si no atiende lo establecido en la ley

La Ley Federal del Trabajo regula la relación obrero-patronal, a fin de que, por medio de un documento formal, se establezcan derechos y obligaciones

¿Nuevo empleo? No debes firmar este tipo de contrato laboral si no atiende lo establecido en la ley

Pieza clave en el engranaje de la economía de cualquier país es la base trabajadora, ya que representan uno de los principales cimientos de toda industria.

Por ello, en México existen leyes que regulan las relaciones contractuales obrero-patronales, a fin de que los acuerdos entre ambos sean justos y apegados a derecho.

Sin embargo, hay empleadores que “se quieren pasar de vivos”, por lo cual elaboran contratos ventajosos, so pretexto de que es difícil hallar un buen puesto de trabajo, por lo cual la persona termina firmando sin saber a qué se está ateniendo.

A fin de regular esta situación, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece lineamientos claros tanto para el empleado, como para el patrón, a fin de que estén conscientes de sus derechos y obligaciones.

Cuando ambas partes concilian puntos, es hora de llevarlos al papel, y, una vez leídos de conformidad, los dos tienen que firmar.

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Sin embargo, en algunos negocios elaboran un contrato que es muy común y el cual suelen signar, sin saber de qué trata.

En este caso, se refiere a los “contratos de trabajo de prueba”, los cuales están previstos en la legislación en la materia, los cuales albergan periodos de entre 30 y 180 días, a fin de que el patrón estudie las capacidades del potencial empleado acordes al puesto de trabajo.

No obstante, y de acuerdo con el artículo 35 de la LFT, aunque estos contratos de prueba son legales, el periodo de observación no puede superar los 30 días mínimo, ni los 180 máximo.

Y es que, de conformidad con la ley, "Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado".

Así las cosas, es importante que, cuando vayas a firmar un contrato a prueba, consideres el tiempo y si está bien estipulado.