Mes del testamento: ¿El SAT cobra cuando se recibe una herencia?
Este mes del testamento surge la duda entre las personas, si al recibir una herencia deben pagar un impuesto específico, aquí los detalles
En septiembre, conocido como el mes del testamento, es importante dedicar tiempo a planificar y asegurar que la herencia de tus seres queridos se maneje sin complicaciones ni cargas fiscales innecesarias.
Un aspecto vital de este proceso es entender cómo y cuándo se deben pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT) al recibir una herencia, así como las responsabilidades que asumen los herederos.
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¿CUÁNTO COBRA EL SAT AL RECIBIR UNA HERENCIA?
De acuerdo con Jesús Guillermo Mendieta González, miembro de la Comisión Técnica de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, no existe un impuesto específico al recibir una herencia.
La legislación fiscal establece que no se causa un impuesto directamente sobre la herencia, a menos que se trate de activos que incrementen el patrimonio del heredero, como acciones, dinero o bienes materiales significativos.
El impuesto a las herencias varía en función del valor y tipo de bienes heredados. Por ejemplo, inmuebles, vehículos y cuentas bancarias podrían estar sujetos a impuestos, dependiendo de su valor y del aumento patrimonial que representen para el heredero.
¿LAS DEUDAS SE HEREDAN?
En cuanto a las deudas, la situación es diferente. Mendieta González aclara que, aunque las deudas de una persona fallecida no se transfieren automáticamente a los herederos, si se heredan bienes que tienen deudas asociadas, esas deudas pasan a ser responsabilidad del nuevo propietario.
"En teoría, las deudas no sobreviven a la muerte de una persona, pero si heredas acciones de una empresa con créditos fiscales pendientes, te conviertes en el nuevo responsable solidario de esas obligaciones", explica el contador.
REQUISITOS PARA REALIZAR UN TESTAMENTO
Para evitar sorpresas y manejar correctamente una herencia, es fundamental hacer un testamento.
Estos son los requisitos esenciales para la elaboración de un testamento:
- Solicitud notarial: Completar el formulario proporcionado por el notario público.
- Capacidad mental: Estar en pleno uso de las facultades mentales.
- Voluntad clara: Expresar de manera clara y detallada la voluntad sobre los bienes, su distribución y los beneficiarios.
- Relación de bienes: Elaborar un inventario detallado de los bienes a heredar, incluyendo su ubicación y/o claves de acceso.
- Datos personales: Proporcionar información personal como nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio vigente y estado civil.
- Documentación personal: Presentar copia del acta de nacimiento y una identificación oficial con fotografía y firma.
- Información familiar: Incluir nombres y datos generales de los padres, cónyuge e hijos (vivos o fallecidos).
- Albacea: Nombrar a una persona que actúe como albacea, encargada de ejecutar la herencia.
- Pago de derechos: Cubrir el pago de derechos conforme a lo establecido en la Ley Federal de Derechos.
Asegurarse de cumplir con estos requisitos y entender las implicaciones fiscales puede evitar complicaciones futuras y asegurar que la herencia se gestione de manera adecuada. En este mes del testamento, es el momento perfecto para tomar decisiones informadas y proteger el patrimonio familiar.