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¿Los patrones deben afiliar su empresa a Fonacot?

La dependencia federal ofrece múltiples beneficios para clase trabajadora y también para las organizaciones

¿Los patrones deben afiliar su empresa a Fonacot?

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132, fracción XXVI Bis, establece como obligación para los empleadores afiliar sus empresas al Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot). Esto tiene como objetivo permitir que los trabajadores tengan acceso a los créditos proporcionados por dicho organismo.

Durante la Feria de Servicios de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canaco SERVyTUR), que se celebra mensualmente, se dieron a conocer los beneficios que Fonacot tiene para las empresas participantes.

¿CÓMO AFILIAR TU EMPRESA A FONACOT?

Es esencial comprender que este proceso de afiliación es gratuito y puede realizarse en línea. Además, ya no se realiza una consulta del historial crediticio de la empresa en el buró de crédito. Para afiliarte, puedes acudir a la sucursal más cercana de Fonacot, o acceder al sitio web www.fonacot.gob.mx/empresa. Asegúrate de tener a mano los siguientes documentos:

PARA PERSONAS FÍSICAS Y MORALES:

Registro Patronal

  • Cédula o Constancia de Registro ante el SAT (con fecha de inicio de operaciones y RFC)
  • E. Firma del Centro de Trabajo (archivos .cer, .key y contraseña)
  • E. Firma del representante legal (archivos .cer, .key y contraseña)

PERSONAS FÍSICAS:

  • Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT (no mayor a tres meses)
  • Identificación oficial vigente con foto de la persona facultada para suscribir el convenio por parte del Centro de Trabajo
  • Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses)
  • Poder notarial y/o nombramiento de la persona facultada para suscribir el convenio

PERSONAS MORALES:

  • Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT (no mayor a tres meses)
  • Acta Constitutiva: primera página del instrumento notarial que indique nombre del notario o correduría pública, entidad federativa, fecha, número del instrumento, página donde se encuentran los datos del Centro de Trabajo respecto a su constitución y la última hoja del instrumento notarial con la firma del fedatario público (solo para personas morales que son matriz)
  • Identificación oficial vigente con foto de la persona facultada para suscribir el convenio por parte del Centro de Trabajo
  • Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses)
  • Poder notarial y/o nombramiento de la persona facultada para suscribir el convenio

BENEFICIOS DE FONACOT PARA LOS TRABAJADORES Y LAS EMPRESAS

  • Transferencia el mismo día de la nómina
  • Descuentos vía nómina
  • Trámite gratuito y sin intermediarios
  • Plazos de pago de 6, 12, 24 y 30 meses
  • Protección por desempleo, invalidez o incapacidad
  • Adelanto de pagos en bancos y financieras para el Bienestar

CRÉDITO EN EFECTIVO:

Este crédito ofrece una tasa de interés anual desde el 12.53 por ciento con plazos fijos. Los requisitos incluyen tener al menos 18 años, trabajar en un Centro de Trabajo afiliado a Fonacot, una antigüedad laboral mínima de seis meses, número de teléfono, al menos dos referencias personales y correo electrónico personal. Se necesitan documentos como identificación oficial vigente, estado de cuenta reciente (no mayor a tres meses) con la CLABE interbancaria de 18 dígitos, comprobante de domicilio o Afore, Infonavit o Fovissste, y el recibo de nómina más reciente. En caso de ingresos variables, se deben presentar cuatro recibos de nómina consecutivos y recientes.

CRÉDITO MUJER EFECTIVO:

Este crédito ofrece una tasa de interés desde el 8.9 por ciento  y no tiene comisión por apertura. Los requisitos son similares a los del Crédito en Efectivo y los documentos necesarios son los mismos.

¡Esperamos que esta información sea útil para ti y tu empresa!