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Estos son los días de descanso obligatorio que tendrá el 2025 | LFT

La STPS ya notificó en sus redes sociales los días de descanso obligatorio que habrá en el 2025, conoce cuáles son y qué dice la ley sobre el tema

Estos son los días de descanso obligatorio que tendrá el 2025 | LFTFuente: Pexels/ Antoni Shkraba, Canva

Llegó el 2025, un año nuevo para iniciar con toda la energía. A los pocos días de iniciar el año, ya todos queremos conocer los días de descanso obligatorio que habrá, fechas que podremos disfrutar para visitar algún destino turístico o, para descansar en casa. 

Si todavía no sabes cuáles son, entonces prepara tu papel y pluma, porque a continuación te detallaremos cuáles serán durante el año, además de explicarte qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre el tema.

¿QUÉ DÍAS NO SE TRABAJAN EN EL 2025?

Nos despedimos formalmente del 2024, para iniciar el 2025 desde cero. Aunque apenas llevamos pocos días de haber iniciado el año nuevo, ya muchos usuarios desean conocer los días de descanso obligatorio que se presentarán. Fechas en las que gran parte de los trabajadores podrán descansar.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en sus redes sociales, dio a conocer las fechas oficiales, mencionando que son días que establece la LFT en el artículo 75, se observan los siguientes:

  • 3 de febrero (lunes), en la que se conmemora la promulgación de la Constitución de 1917 el 5 de febrero

  • 17 de marzo (lunes), conmemora el natalicio del benemérito de las Américas del 21 de marzo

  • 1 de mayo (martes), por el Día del Trabajo

  • 16 de septiembre (martes), Independencia de México

  • 17 de noviembre (lunes), inicio de la Revolución Mexicana

  • 25 de diciembre (jueves), Navidad

¿QUÉ PASA SI TRABAJO EN UN DÍA FERIADO?

En la LFT, en el artículo 73, menciona que los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en los días de descanso del 2025. En caso de ser necesario, el patrón deberá pagar el salario doble por el servicio otorgado. 

En el artículo 74, menciona que los patrones deberán determinar previamente el número de trabajadores que hacen sus labores en los días de descanso obligatorio para notificarlo para que la plantilla de personal acuda al área y reciba el pago doble.

Si, por alguna razón, no se recibe el pago doble, debemos denunciarlo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo a los teléfonos 01 800 911 7877 o al 01 800 717 2942. También es posible enviar un correo notificando todo lo sucedido al orientacionprofedet@stps.gob.mx, en ambos recibirás orientación gratuita.

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