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Ciudad Obregón

"Faltas de regidores deben justificarse conforme al reglamento": Luis Bueno

El edil propone la conformación de una comisión especial para analizar el reglamento interno del Ayuntamiento de Cajeme y poner atención en este tema

"Faltas de regidores deben justificarse conforme al reglamento": Luis Bueno

La conformación de una comisión especial para analizar el reglamento interno del Ayuntamiento de Cajeme, propone el regidor Luis Bueno, pues dio a conocer que se debe de cumplir con todo lo establecido al momento de aprobar dar justificaciones a regidores que se ausentan en sesiones de Cabildo.

Según el Artículo 99 de este reglamento, el regidor que no asistirá a la sesión debe de presentar su solicitud de justificación al Cabildo, la cual debe de ser por razones de interés colectivo, capacitación o salud.

"Sin embargo, vemos que se ausentan por razones personales o por estar fuera de la ciudad. Personalmente he hecho algunas observaciones de que se debe de respetar lo que dice el Artículo 99, donde se habla claramente del tema de los justificantes. Creo que sería bueno analizar el tema en una comisión especial", comentó.

Agregó que actualmente sí se vota al momento en que un regidor solicita permiso para faltar a la sesión, sin embargo, las razones por las que piden permiso no se analizan en realidad, para que se verifique que son de acuerdo a lo establecido en el reglamento.

Entre las sanciones que establece el reglamento para los regidores, por faltas no justificadas, se encuentra el cese temporal de funciones. 

PUEDEN SER SANCIONADOS

Cabe señalar que, en el Artículo 182 de este reglamento, se establece que una falta injustificada amerita una amonestación para el regidor ausente, 2 inasistencias se sancionan con amonestación y apercibimiento, mientras que por 4 o más faltas sin justificantes el edil deberá separarse del cargo, para lo cual se enviará un documento al Congreso del Estado y el suplente ocupará su lugar. 

Cabe señalar que las sanciones deberán ser aplicadas durante la sesión correspondiente, por el presidente municipal, según el Artículo 183.