Con la intención y objetivo de que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) actualice sus criterios de registro y valoración ganadera, se realizó una modificación en la Ley de Organizaciones Ganaderas y su reglamento, con el objetivo de establecer la equivalencia de un vientre bovino para especies no incluidas, informó Juan González Alvarado, representante de la Sader en Sonora.
De acuerdo a esta Ley publicada en 1999, se establecen las bases y procedimientos para la constitución, organización y funcionamiento de las Organizaciones Ganaderas en México, con el objetivo de integrar a los productores para proteger los intereses de sus miembros.
Previo a entrar en vigor, se señala que un vientre bovino equivale a: una yegua, tres cerdas, seis cabras, cinco borregas, cien gallinas o cinco colmenas de abejas, y se dispone que, para las especies no incluidas, la equivalencia deberá ser determinada por la Secretaría, mediante acuerdo de su titular.
Actualmente, queda estipulado ante la Ley de Organizaciones Ganaderas y su reglamento, que un vientre bovino equivale a una búfala, 760 sesenta codornices hembra, 22 guajolotas o pavas, cinco avestruces hembra, 40 conejas o seis venadas, que estos son los animales que no se contemplaban dentro de dicha Ley.
"La intención y objetivo de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, al emitir este acuerdo, fue actualizar sus criterios de registro y valoración ganadera, adaptándose a la creciente diversidad productiva del país", indicó Juan González Alvarado, representante de la Sader en Sonora.
Resaltó que, con ello, se busca reconocer formalmente a especies que no estaban contempladas en la normativa, otorgándoles un valor equivalente que permita su adecuada representación en los padrones, estadísticas e instrumentos de apoyo del sector.
De acuerdo al Diario Oficial de la Federación (DOF), este acuerdo ya se encuentra en vigor dentro de la Ley mencionada.