¿Es justificable faltar al trabajo por lluvia? esto dice la Ley Federal del Trabajo

Este día se anunció la suspensión de actividades en escuelas de todos los niveles para los días jueves 4 y viernes 5 de septiembre

Conoce tus derechos en caso de que por efectos de las lluvias te sea complicado llegar al trabajo.
Conoce tus derechos en caso de que por efectos de las lluvias te sea complicado llegar al trabajo.

El Gobierno del Estado de Sonora anunció este martes 3 de septiembre la suspensión de clases en todos los niveles educativos para el turno vespertino de hoy, así como para los días jueves 4 y viernes 5 de septiembre, debido al pronóstico de lluvias intensas en gran parte del estado.

Sin embargo, la medida no aplica para trabajadores del sector privado ni público en general, salvo para aquellos que laboran al aire libre o en condiciones donde el clima impida desarrollar sus funciones.

Esta situación ha generado incertidumbre entre muchas personas trabajadoras que enfrentan complicaciones para trasladarse o incluso daños por inundaciones.

¿LA LLUVIA JUSTIFICA FALTAR AL TRABAJO? ESTO DICE LA LFT

Aunque la Ley Federal del Trabajo (LFT) no menciona de forma explícita a la lluvia como una causa de ausencia justificada, sí contempla escenarios de "fuerza mayor" o "caso fortuito", que pueden aplicarse cuando el trabajador se ve imposibilitado para acudir a su centro laboral.

El Artículo 134 de la LFT establece que es obligación del trabajador avisar de inmediato al empleador cuando no pueda presentarse, salvo en situaciones de fuerza mayor.

Las inundaciones, bloqueos viales o afectaciones derivadas de fenómenos naturales podrían encuadrarse en esta categoría, siempre que sean imprevistos, inevitables y comprobables.

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¿QUÉ PASA SI NO PUEDES LLEGAR A TU TRABAJO?

Si las lluvias provocan que:

  • Tu casa se inunde.
  • Las vías de transporte estén bloqueadas o cerradas.
  • El traslado represente un riesgo para tu integridad.

Entonces se puede considerar una falta justificada, pero es importante documentarlo y comunicarlo con tu empleador.

¿SE PUEDE HACER HOME OFFICE EN EMERGENCIAS CLIMÁTICAS?

Algunas empresas han implementado protocolos de teletrabajo emergente, que permiten a los empleados realizar sus funciones desde casa durante contingencias como esta. Aunque no es una obligación legal en todos los casos, muchas organizaciones optan por esta alternativa para proteger al personal.

¿QUÉ PASA SI ACUMULAS FALTAS?

La LFT indica que si un trabajador acumula tres faltas injustificadas en un periodo de 30 días, el empleador tiene el derecho de rescindir el contrato sin responsabilidad.

Por eso, mantener una comunicación clara y constante con tu jefe o recursos humanos es clave, especialmente ante situaciones extraordinarias como las actuales en Sonora.