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Sonora

Rechazan buscadoras que prohíban difundir fotos de desaparecidos

Colectivos de Búsqueda no están de acuerdo con la Ley que prohíbe difundir imágenes por cualquier medio de hallazgos en Sonora

Rechazan buscadoras que prohíban difundir fotos de desaparecidos

Después de que, durante la última sesión del pleno en el Congreso del Estado, aprobaran por unanimidad, la reforma al Código Penal de Sonora, para sancionar a quienes por cualquier medio compartan imágenes de personas fallecidas, colectivos de búsqueda, quedaron inconformes con esta decisión.

Milagros Valenzuela Flores, líder de la agrupación Jóvenes Buscadores de Sonora, reiteró desconocer el por qué los diputados tomaron esa decisión sin tomar en cuenta la labor que han realizado en sus rastreos. 

‘’Nosotras seguiremos publicando las fotografías de los hallazgos y osamentas y si quieren meternos a la cárcel que lo hagan, mejor que se preocupe la autoridad en trabajar para buscar a nuestros desaparecidos y parar las masacres que se viven a diario en Sonora’’, expresó.

Comentó que ellas, en conjunto con las Madres Buscadoras, han hecho el trabajo de campo para buscar a sus seres queridos desaparecidos, con pico y pala en mano, a altas horas de la noche o en el pleno calor del desierto, una labor que ni el Congreso, ni la Fiscalía General de Justicia, ni el Gobierno Estatal ha tenido el valor de hacer como es debido.

‘’Si ellos quieren prohibir algo, que impidan que los delincuentes sigan matando y desapareciendo gente, si quieren meter a la cárcel a alguien o cobrar una multa, que se la cobren a los malhechores, no a nosotras’’, dijo.

Esta iniciativa de Ley, fue propuesta por la diputada del distrito III correspondiente a Caborca, de la bancada de Morena, María Alicia Gaytán Sánchez.

DATO: Esta iniciativa aprobada el pasado 31 de marzo, fue con proyecto de decreto que adiciona el artículo 167 Quáter, al Código Penal del Estado de Sonora, donde estipula que todo el que distribuya, comparta, difunda, filme, fotografíe, publique, revele, trasmita, video grabe, audios, imágenes, entre otros, se le impondrá de tres a seis años de prisión y una multa por un importe equivalente a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualizada.