Para reducir la burocracia, costos y tiempo de respuesta ante el Registro Agrario Nacional (RAN) se presentó una simplificación de trámites en los que se destaca la enajenación de derechos parcelarios en ejidos o comunidades y constancias de inscripción entre otros, informó Edna Elena Vega Rangel, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.
Esto a fin de contribuir al desarrollo e implementar políticas públicas de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, además de las buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas.
Entre los trámites que se van a simplificar se encuentra la enajenación de derechos parcelarios en ejidos o comunidades; la cesión de derechos de uso común en ejidos y comunidades; la transmisión de derechos por sucesión; la designación de sucesores de ejidatario o comunero; y la apertura de lista de sucesión de ejidatario o comunero.
Algunos de los requisitos eliminados son la presentación física de la CURP, copia de identificación vigente, acta de nacimiento, comprobante de domicilio, expediente individual del sucesor preferente y la hoja de datos personales, entre otros.
Además, se fusionó el trámite de tres constancias, las cuales son: de inscripción o de vigencia de derechos, listado de ejidatarios o comuneros con derechos vigentes en la modalidad de inscripción, vigencia de derechos, y listado de ejidatarios o comuneros con derechos vigentes, para lo cual ahora se deberá solicitar como "Constancias de inscripción o de vigencia de derechos o comuneros con derechos vigentes".
Mientras que la inscripción del acuerdo de asamblea de la división de ejidos se fusionó con el trámite de modalidad inscripción para la fusión de ejidos, y a partir de este jueves se deberá solicitar como "Inscripción del acuerdo de asamblea de la división o de fusión de ejidos o comunidades".
El Registro Agrario Nacional (RAN), informó que el plazo máximo dé respuesta que se tenía para estos trámites, era de sesenta días, y que actualmente, con estas simplificaciones, el solicitante tendrá que esperar un tiempo de hasta 45 días hábiles.




