RAN simplifica trámites y reduce tiempo de espera

Esto a fin de contribuir al desarrollo e implementar políticas públicas de simplificación administrativa

El Registro Agrario Nacional (RAN), informó que el plazo máximo de respuesta que se tenía para estos trámites, era de sesenta días, y que actualmente con estas simplificaciones, el solicitante tendrá que esperar un tiempo de hasta 45 días hábiles
El Registro Agrario Nacional (RAN), informó que el plazo máximo de respuesta que se tenía para estos trámites, era de sesenta días, y que actualmente con estas simplificaciones, el solicitante tendrá que esperar un tiempo de hasta 45 días hábiles

Para reducir la burocracia, costos y tiempo de respuesta ante el Registro Agrario Nacional (RAN) se presentó una simplificación de trámites en los que se destaca la enajenación de derechos parcelarios en ejidos o comunidades y constancias de inscripción entre otros, informó Edna Elena Vega Rangel, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

Esto a fin de contribuir al desarrollo e implementar políticas públicas de simplificación administrativadigitalización de trámites y servicios, además de las buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas.

Entre los trámites que se van a simplificar se encuentra la enajenación de derechos parcelarios en ejidos o comunidades; la cesión de derechos de uso común en ejidos y comunidades; la transmisión de derechos por sucesión; la designación de sucesores de ejidatario o comunero; y la apertura de lista de sucesión de ejidatario o comunero.

Algunos de los requisitos eliminados son la presentación física de la CURP, copia de identificación vigente, acta de nacimiento, comprobante de domicilio, expediente individual del sucesor preferente y la hoja de datos personales, entre otros.

Además, se fusionó el trámite de tres constancias, las cuales son: de inscripción o de vigencia de derechos, listado de ejidatarios o comuneros con derechos vigentes en la modalidad de inscripción, vigencia de derechos, y listado de ejidatarios o comuneros con derechos vigentes, para lo cual ahora se deberá solicitar como "Constancias de inscripción o de vigencia de derechos o comuneros con derechos vigentes".

Mientras que la inscripción del acuerdo de asamblea de la división de ejidos se fusionó con el trámite de modalidad inscripción para la fusión de ejidos, y a partir de este jueves se deberá solicitar como "Inscripción del acuerdo de asamblea de la división o de fusión de ejidos o comunidades".

El Registro Agrario Nacional (RAN), informó que el plazo máximo dé respuesta que se tenía para estos trámites, era de sesenta días, y que actualmente, con estas simplificaciones, el solicitante tendrá que esperar un tiempo de hasta 45 días hábiles.

Leova Peralta
Leova Peralta

Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Inicié mi carrera como coordinadora de comunicación y difusión para regidores en el ayuntamiento de Hermosillo. Con más de 10 años de experiencia, me especializo en la elaboración de reportajes, redacción de notas, organización de ruedas de prensa y creación de contenido para redes sociales. También tengo formación en plataformas de edición, fotografía y manejo de cámaras de video.