Tras cumplir una serie de requisitos, 628 ciudadanos fueron acreditados como observadores en las elecciones del Poder Judicial de la Federación, en lo que corresponde al Distrito 07, las cuales se llevarán a cabo este domingo 1 de junio.
Enrique Soriano Álvarez, vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica del Instituto Nacional Electoral (INE), informó que dichas personas ya fueron aprobadas en una sesión del Consejo Distrital.
Explicó que los observadores están facultados para solicitar la información que requieran, para el mejor desarrollo de sus actividades, a los órganos desconcentrados del INE, la cual será proporcionada siempre y cuando no sea reservada o confidencial en los términos de la ley.
Indicó que pueden presentarse el día de la elección en una o varias casillas, sin importar su domicilio, así como en las instalaciones del INE, y observar todos los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral.
Mencionó que lo que no pueden hacer los observadores es sustituir, obstaculizar o interferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales, incluidos los funcionarios de las mesas directivas de las casillas.
"Tampoco pueden hacer proselitismo o manifestarse a favor de alguna candidatura; ofender, difamar o calumniar a las autoridades electorales o candidaturas; declarar el triunfo de alguna candidatura; declarar tendencias sobre la votación; portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidaturas o posturas políticas", señaló.
Informó que, para ser observador electoral, se fijaron requisitos legales como ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o partido político alguno en los tres años anteriores a la elección.
Asimismo, no ser ni haber sido candidato a un puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección; no ser persona servidora pública vinculada con programas sociales en el Gobierno municipal, estatal o federal, ni ser persona operadora de programas sociales y actividades institucionales, cualquiera que sea su denominación, ni ser persona servidora de la nación.
Otros requisitos de carácter legal son no ser representante o militante de algún partido político y tomar el curso de capacitación (presencial o virtual).