SAT: arrendadores deben de pagar esta cantidad de impuestos a la institución

La organización afirmó que estos usuarios tienen que presentar declaraciones provisionales y realizar el pago de manera mensual o trimestral

Por: Luis Flores

Si eres de los usuarios que tienen uno o varios inmuebles como casa habitación o locales comerciales y los quieres poner en renta, es muy importante que sepas que tienes obligaciones ante el SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer que estas obligaciones van desde la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pago de los impuestos IVA e ISR, hasta declaraciones mensuales, trimestrales y anuales.

En México, el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del IVA (LIVA), la Ley del ISR (LISR) y las reglas de carácter general determinan y detallan estas obligaciones, mismas que pueden cambiar cada año.

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De acuerdo con información de la Miscelánea Fiscal 2023, los arrendadores tienen la obligación del pago de ISR e IVA. Para el primer caso se tienen que presentar declaraciones provisionales y realizar el pago de manera mensual o trimestral si los ingresos mensuales son menores a los 26 mil 411.52 pesos o si tienen otras actividades económicas que generen ingresos.

Las tablas para calcular el pago del ISR para personas físicas en el Régimen de Arrendamiento se publican cada inicio o final de año en la Resolución Miscelánea Fiscal, y se calculan para arrendadores con ingresos mensuales desde los 746 pesos hasta los 375 mil 975 pesos en adelante.

Para el pago trimestral, el rango de ingresos va de los dos mil 238.13 pesos y 1.127 millones de pesos en adelante.

Los niveles de las tasas que se aplican de ISR dependen del nivel de ingresos, y van desde 0 por ciento y hasta 32 por ciento.

TASA DEL ISR

La fórmula para calcular la tasa de ISR es la misma que se aplica para personas empleadas, es decir con base a las tablas publicadas cada inicio de año en la Resolución, para este año se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2022 (Anexo 8).

Con la tabla identificada, lo primero que tendrás que hacer es ubicarte en el rango de ingresos que tienes mensualmente.

Por ejemplo, una persona que gana 70 mil pesos al mes se encuentra en el renglón VIII de la tabla que tiene un límite inferior de 49 mil 233.01 pesos; una cuota fija de nueve mil 236.89 pesos, y una tasa para aplicarse sobre el excedente de 30 por ciento.

La fórmula para calcular lo que el SAT descontará de ISR para pagos mensuales provisionales, de acuerdo con información del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), es la siguiente: a los 70 mil pesos brutos mensuales se le resta el límite inferior de tu renglón, es decir 49 mil 233.01 pesos.

A esa diferencia que es 20 mil 766.99 pesos se le aplica la tasa sobre el excedente que es 30 por ciento, el resultado es 6 mil 230.09 pesos y se le llama impuesto marginal.

La suma del impuesto marginal, más la cuota fija que es de nueve mil 236.89 pesos, es el monto que se descontará de ISR, en este caso 15 mil 466.98 pesos, que corresponde al 22.10 por ciento de los ingresos brutos que son 70 mil pesos mensuales.

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