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Podrían sancionar al Sindicato de Pemex





Así lo señaló en en­trevista el comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Óscar Guerra Ford, al destacar que el Sindicato de Trabajado­res Petroleros de la República Mexicana (STPRM) es, hasta ahora, el caso emblemático de incumplimiento.

Explicó que de acuerdo con los resultados de la Verificación Vinculante de las Obligaciones de Transparencia 2018, de los 870 sujetos obligados que fue­ron evaluados, 26 obtuvieron una calificación de cero, es de­cir, no subieron ninguna infor­mación, ni respondieron solici­tud de información alguna.

Se trata en su mayoría de fideicomisos o sindicatos que no se consideran obligados por la ley o bien que seña­lan que es alguien más quien debe subir la información, por ejemplo, algunos fideicomisos piensan que la obligación de presentar los datos es de la dependencia a que se encuen­tran asociados.

Algunos de estos 26 sujetos que no subieron su información al Sistema de Información de Portales de Obligaciones de Transparencia (Sipot), no pu­dieron hacerlo por falta de ca­pacidades técnicas o logísticas; en esos el INAI los está apoyan­do para que cumplan.

Sin embargo, aclaró Guerra Ford, el caso del Sindicato de Pemex es emblemático respec­to a la negativa para cumplir, pues desde un principio, el gre­mio afirmó que, pese a la obli­gación establecida en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no le es aplicable.

De hecho, el STPRM promovió un amparo cuya resolución definiti­va está próxima a darse a conocer y, aparente­mente, señala que el sin­dicato sí es sujeto obliga­do y por lo tanto debe cumplir con lo señalado en la referida ley.

En caso de que el am­paro definitivo otorgue la razón al INAI, el sin­dicato tendría por ley un plazo de 30 días para su­bir toda su información o bien el plazo que otorgue el juez.

Una vez que se ven­za ese plazo, si el Sindicato sigue sin cumplir, entonces sí se podrían aplicar medidas de apremio e incluso sanciones económicas, tal como estipula la propia ley.

El comisionado del INAI confió en que la resolución definitiva del juez señale la obligación inequívoca del sin­dicato petrolero para hacer transparente su información, lo cual sería positivo para la rendición de cuentas y el con­trol ciudadano.