A partir de noviembre de 2025, algunos de quienes están pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 (Ley 73) percibirán un aumento en sus depósitos mensuales.
De acuerdo con la información, los derechohabientes recibirán un 15 por ciento de aumento en su monto de pensión; sin embargo, existen un requisito único que deberán cumplir, sí o sí.
A este incremento a la modalidad se le denomina ayuda asistencial, pero aplica únicamente a los pensionados que viven solos y que no cuentan con familiares registrados ante el Seguro como beneficiarios.
En otras palabras, el apoyo va dirigido a jubilados que no tienen: esposa o esposo, concubina, hijos menores de edad o en estudios, ni tampoco padres que, económicamente, dependan de ellos.
Con este incremento se busca compensar la ausencia de las llamadas asignaciones familiares, pagos adicionales que se otorgan a pensionados con dependientes económicos registrados ante el Seguro.
Finalmente, para que el pensionado pueda acceder a este aumento del 15 por ciento, pues no tiene que hacer nada, pues se verá directamente reflejado en el depósito del 3 de noviembre.

ASÍ PUEDES ACCEDER A LA AYUDA ASISTENCIAL
Si te cuadra la idea de recibir la ayuda asistencial del IMSS, lo que debes hacer es una solicitud en la unidad del Seguro Social que te corresponda.
Deberás presentar los siguientes documentos oficiales: identificación vigente con fotografía, comprobante de domicilio (no mayor a tres meses) y CURP, información que deberá coincidir exactamente con la que está registrada en el sistema del IMSS; de no cumplir, podrías ser rechazado.