LFT: ¿Qué pasa si en mi empleo me hacen trabajar en la hora de comida?
La hora de comida es un derecho de todos los trabajadores; por lo tanto, no respetarla, tiene consecuencias, ¡toma nota!
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los empleados tienen derecho a mínimo media hora de comida (descanso) después de 6 y hasta 9 horas de trabajo, así como a por lo menos 45 minutos tras una jornada superior a 9 horas.
El horario de la comida se pacta entre el empleador y empleado, según las actividades dentro de la empresa, pero por lo general suele ser entre las 12:00 y 15:00 horas.
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¿QUÉ SUCEDE SI ME HACEN TRABAJAR EN MI HORA DE COMIDA?
Según información de la LFT, la hora de comida es obligatoria, esta no se considera parte de las horas trabajadas, ya que durante este periodo no se realizan actividades en beneficio de la empresa, por lo tanto, no se paga.
Por otra parte, si se requiere la presencia de los trabajadores durante su tiempo libre, deberá ser contabilizado como hora laborada y remunerada.
"Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo", detalló la LFT.
¿CUÁLES SON LOS TIPOS DE JORNADA DE TRABAJO?
La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón y éstas se catalogan de la siguiente manera:
- Jornada diurna: Es la comprendida entre las 06:00 y 20:00 horas. Su duración máxima es de 8 horas.
- Jornada nocturna: Es la comprendida entre las 20:00 y 07:00 horas. Su duración máxima es de 7 horas.
- Jornada mixta: Es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de 3 horas y media. Su duración máxima es de 7 horas y media.
Es importante subrayar que a dichas jornadas de trabajo se les suma la hora de comida, tomando en cuenta que ésta no se considera como parte de las horas trabajadas.