Ley 3de3 es elevada a rango Constitucional
Los agresores sexuales y deudores alimentarios no podrán ocupar cargos o empleos del servicio público
La Comisión Permanente del Congreso de aprobó como Constitucional la Ley 3de3, luego de que más de 16 congresos locales le dieran su visto bueno.
Con esto se reformarán los artículos 38 y 102 de la Constitución Política, permitiendo suspender los derechos de agresores sexuales y deudores alimentarios, evitando que puedan ocupar algún cargo de elección popular o empleo como servidor público.
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Con ello las causales para que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se vean suspendidas se incrementan; serán causa de mencionada suspensión de derechos: tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.
Además de violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; y por ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
Así como quien pretenda ser titular de la Fiscalía General de la República deberá mantener buena reputación y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.