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IMSS: Así puedes registrar a tus hijos o pareja para que reciban atención médica

Aprende cómo agregar beneficiarios a tu derecho del IMSS en línea o de forma presencial

IMSS: Así puedes registrar a tus hijos o pareja para que reciban atención médica

Si eres derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y deseas incluir a tu familia como beneficiarios para que puedan recibir atención médica, te explicamos cómo realizar este proceso.

El trabajador adquiere el derecho a ser atendido por el IMSS al ser dado de alta por el empleador y cotizar ante el instituto.

Este beneficio se mantiene por ocho semanas después de ser dado de baja, siempre y cuando se hayan cotizado al menos ocho semanas. 

Asimismo, los beneficiarios que pueden ser registrados son el cónyuge, concubino, hijos menores de 16 años o estudiantes, y padres.

Es importante recordar que, en algunas instituciones educativas, los alumnos son inscritos automáticamente en el IMSS durante la duración de sus estudios.

CÓMO DAR DE ALTA BENEFICIARIOS ANTE EL IMSS

Una vez que sepas a quiénes deseas dar de alta ante el IMSS, tienes dos opciones: hacerlo en la clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente o realizarlo en línea desde la página del instituto.

EN LÍNEA

La forma más sencilla es hacer el registro a través de la página del IMSS. Para ello, necesitarás los siguientes documentos y registrarte en el Escritorio Virtual:

  • Firma Electrónica Avanzada (FIEL) del SAT
  • CURP
  • CURP del beneficiario(a)
  • Correo electrónico personal

Una vez en el Escritorio Virtual, selecciona el trámite para registrar beneficiarios e ingresa los datos solicitados en el formulario, firmando con tu FIEL.

Si aún no te has registrado en esta plataforma, es recomendable hacerlo, ya que desde allí podrás realizar varios trámites ante el IMSS sin salir de casa.

EN UNA UMF

Si prefieres realizar el trámite de manera presencial o si tienes una cita en la unidad médica, necesitarás los siguientes documentos, dependiendo de la modalidad:

Modalidad M (Asegurado o pensionado).

  • Identificación oficial
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio

Modalidad A (Esposa/o).

  • Identificación oficial
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de Matrimonio

Modalidad D (Concubina/o).

  • Identificación oficial
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de nacimiento
  • Si hay hijos en común, presentar su acta de nacimiento

Modalidad G (Padres).

  • Identificación oficial
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de nacimiento del asegurado

Modalidad J (Hijos).

  • Identificación oficial, sólo cuando son mayores de 18 años
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • CURP
  • Fotografía tamaño infantil
  • Comprobante de domicilio
  • Acta de nacimiento

Recuerda que deberás llevar los documentos en original a la ventanilla de la UMF donde estás registrado, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 14:00 horas para las unidades con turno matutino, y de 08:00 a 19:30 horas para las que tienen matutino y vespertino.

CONDICIONES

Según el IMSS, además del asegurado, los beneficiarios pueden realizar este trámite bajo ciertas condiciones:

  • Cónyuge: Cuando el asegurado está registrado en la UMF.
  • Concubina(o): Tras una convivencia y dependencia económica de cinco años, o un hijo procreado con el asegurado.
  • Padres: Con una Manifestación de convivencia y dependencia económica.
  • Hijos: Mayores de 18 años.