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Condusef: ¿pueden embargar a una persona solo por ser aval?

La comisión específica a los usuarios cuál es el compromiso de asumir una deuda de un ser querido

Condusef: ¿pueden embargar a una persona solo por ser aval?

Un aval es aquella persona física o moral que asegura que la deuda será saldada. En México es común que esta práctica sea utilizada entre conocidos o familiares sin medir las consecuencias que puede tener un mal pagador.   

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), dio a conocer que a través de un sondeo realizado por la encuestadora Brad.Feebbo, se arrojó que el 29.4 por ciento de la población mexicana tiene una nota mala en el Buró de Crédito por ser aval de un conocido, por lo que es importante que antes de aceptar un compromiso de tal magnitud evalúe si es una buena opción fungir como aval

Ante esta situación es posible que se pregunte por qué una persona requiere de un aval. La Condusef explicó que para que una institución financiera otorgue un crédito primero se realiza un estudio socioeconómico a la persona que lo solicita, esto con el fin de verificar que podrá pagar el monto del dinero solicitado y que exista la garantía de que cumplirá con el contrato.  

En caso de que la entidad financiera detecte una insuficiencia económica o falta de patrimonio del solicitante, se solicita un aval como garantía del crédito.

¿PUEDEN EMBARGAR A LA PERSONA QUE ES AVAL?

El costo de ser aval puede ser muy caro, y no solo por repercusiones económicas en su bolsillo, sino por las consecuencias que traerá a su historial crediticio, ya que de no pagar, tanto el deudor como el aval tendrán una nota mala en el Buró de Crédito.

La Condusef argumentó que otra de las consecuencias negativas que implica ser un deudor solidario es que puede ser embargado, y en caso de que este carezca de recursos para enfrentar sus obligaciones, se procede a retener sus bienes dictaminado por un juez con una orden judicial de por medio, por lo que ni cobradores ni abogados podrán realizar dicha función.

¿SE PUEDE DEJAR DE SER AVAL?

La comparadora de servicios financieros Coru.com, afirmó que la respuesta es sí, sin embargo las posibilidades de que esto suceda son mínimas debido a que solo la institución financiera que otorgó el crédito tiene la posibilidad de autorizar dicho cambio, además de una serie de requisitos que tanto el deudor como el aval deben tener presentes, por lo que es importante revisar las condiciones establecidas en el contrato.

Si la institución financiera aprobó el cambio de aval, se tendrá que designar a uno nuevo, donde tanto el deudor, el aval y la institución financiera deberán estar de acuerdo con los cambios realizados.

La comparadora refiere que el aval original puede proponer a su sucesor, sin embargo también se revisará el historial de pagos del deudor y los antecedentes crediticios del nuevo candidato a ser aval.