Por 3 votos contra 2, la Segunda Sala de la Corte rechazó que el etiquetado vigente sea contrario a los derechos humanos, a la salud, la alimentación sana y el acceso a la información.
La sentencia era previsible desde agosto de 2018, cuando una mayoría de cuatro Ministros desechó un proyecto de su colega Fernando Franco, que declaraba inconstitucional el etiquetado por no distinguir entre azúcares intrínsecos de los alimentos y azúcares añadidos por los fabricantes.
En aquella ocasión la mayoría enfatizó, en discusiones privadas, que las diferencias de opinión entre posturas científicas que tienen el mismo peso técnico no pueden dar lugar a que el Poder Judicial se incline por una de ellas, sustituyendo en sus funciones a la autoridad administrativa especializada.
El Ministro Javier Láynez, que votó contra el primer proyecto, hoy también votó contra el nuevo, presentado por la Ministra Yasmín Esquivel retomando los argumentos de las sesiones de 2018, mientras que Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez Dayán completaron la mayoría.
El fallo de hoy no impide al actual Gobierno optar por un nuevo modelo de etiquetado, si lo considera conveniente, sino que rechaza argumentos de la asociación El Poder del Consumidor contra el etiquetado que expidió la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
El principal alegato era que el etiquetado vigente agrupa indebidamente los azúcares intrínsecos de los alimentos, que no dañan la salud, con los azúcares agregados por los fabricantes, conocidos como azúcares libres.
La Corte consideró que informar en la parte frontal del producto sobre los azúcares totales que aporta el envase es suficiente para que el consumidor tome su decisión.