Suprema Corte: Los Bancos en México deben reembolsar cargos indebidos con intereses
La SCJN implementó esta medida con el propósito de clarificar y agilizar el proceso de reembolso y compensación, evitando dificultades a los usuarios
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una nueva normativa que obliga a los Bancos a devolver el dinero en casos de cargos indebidos en tarjetas de crédito o débito, además de pagar un interés adicional del 6 por ciento.
Esta resolución, entró en vigor en agosto de 2023, en busca de la protección de los usuarios de servicios financieros en México.
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La decisión de la SCJN se basa en la responsabilidad que tienen las instituciones bancarias de conservar y devolver el dinero de sus clientes.
Según la Corte, cuando se detecta un cargo indebido, los bancos deben actuar de inmediato para devolver el monto correspondiente. Si no lo hacen de manera oportuna, deberán compensar al cliente con intereses moratorios del 6 por ciento anual, los cuales comenzarán a contarse desde el momento en que se notifica el cargo indebido.
El fallo aclara que la responsabilidad de los bancos por estos fondos inicia desde la detección de los cargos indebidos, no desde que se emite una resolución formal que los obligue a devolver el dinero.
Esto significa que los usuarios no deben pasar por un proceso prolongado para reclamar lo que es suyo; el simple aviso al Banco es suficiente para iniciar la devolución y la compensación.
PROCESO DE RECLAMACIÓN Y COMPENSACIÓN
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), en caso de un cargo indebido, los usuarios deben reportar de inmediato el problema y cancelar la tarjeta afectada.
Tras el reporte, el banco tiene un plazo aproximado de 48 horas para abonar el monto del cargo no reconocido al cliente. No obstante, la investigación completa puede tardar hasta 45 días, durante los cuales el cargo puede ser nuevamente debitado si se demuestra que el usuario o sus tarjetahabientes adicionales autorizan la transacción.
Es importante destacar que, según Condusef, el banco no puede cobrar intereses por la falta de pago de los cargos reclamados ni utilizar estos cargos como base para reportar al usuario al Buró de Crédito.