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Finanzas

SAT anuncia cuáles son los pagos no deducibles en este regreso a clases

Se recomienda a los contribuyentes que revisen detenidamente los gastos próximos a realizar en el nuevo ciclo escolar

SAT anuncia cuáles son los pagos no deducibles en este regreso a clases

Con la llegada del regreso a clases del ciclo escolar 2024-2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó sus directrices respecto a los gastos educativos deducibles. Por su parte, se encuentra en la búsqueda de mejorar la experiencia del contribuyente.

A partir de este año, dos categorías de gastos escolares no serán elegibles para deducción fiscal, lo que podría afectar la planificación financiera de muchas familias.

El SAT, la autoridad fiscal encargada de la administración y cumplimiento de las obligaciones tributarias en México, informó que los gastos relacionados con las cuotas de inscripción o reinscripción y el transporte escolar, en la mayoría de los casos, no podrán ser deducidos de los impuestos.

GASTOS EDUCATIVOS AFECTADOS

Los gastos que no serán deducibles en la próxima declaración anual incluyen:

  • Cuotas de inscripción o reinscripción: Las tarifas que se pagan por la inscripción inicial o la reinscripción del alumno no podrán ser descontadas de los impuestos.
  • Pago de transporte escolar: El costo del transporte escolar tampoco será deducible, a menos que este pago sea un requisito obligatorio por parte de la institución educativa.

Aunque el fisco mexicano permitió previamente la deducción de colegiaturas en escuelas públicas y privadas con validez oficial, este año introduce excepciones significativas.

Los límites para deducir colegiaturas siguen vigentes, con montos establecidos según el nivel educativo:


  • Preescolar: hasta $14 mil 200
  • Primaria: hasta $12 mil 900
  • Secundaria: hasta $19 mil 900
  • Escuela técnica: hasta $17 mil 100
  • Bachillerato: hasta $24 mil 500

Es importante destacar que solo los gastos correspondientes a colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato son deducibles, y se requiere conservar los comprobantes de pago para beneficiarse de estas deducciones.

El SAT aclaró que los gastos de inscripción o reinscripción y los pagos de transporte escolar solo podrán ser deducidos si el transporte es un requisito obligatorio por parte de la institución educativa. Esto representa un cambio importante para muchas familias que solían incluir estos gastos en sus declaraciones fiscales.

Si quieres ser beneficiado por las deducciones permitidas, los contribuyentes deben conservar los comprobantes de pago de las colegiaturas y asegurarse de que las instituciones educativas estén debidamente registradas y certificadas.

Es fundamental que los pagos se realicen en las fechas correspondientes y que se cuente con toda la documentación requerida para evitar problemas durante la declaración de impuestos.

Para obtener más detalles sobre las deducciones fiscales permitidas y otros temas relacionados, se puede consultar la página oficial del SAT o comunicarse directamente con la dependencia.