Fondo de pensión para el Bienestar: ¿Qué jubilados no formarán parte?
Conoce quienes no serán beneficiarios del fideicomiso público que implementa el gobierno de México
El gobierno ha implementado el Fondo de Pensiones para el Bienestar con el objetivo de asegurar una pensión digna para los adultos mayores de 65 años en México. Este fideicomiso público tiene como meta principal complementar las pensiones de aquellos jubilados cuyos ingresos no alcanzan el 100 por ciento de su último salario, con un límite máximo mensual de 16,777 pesos.
Sin embargo, no todos los jubilados podrán beneficiarse de este fondo. Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación, aquellos que estén bajo el régimen de la Ley de 1973 no son elegibles para recibir los beneficios del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
¿POR QUÉ EL MONTO MÁXIMO ES DE 16,777 PESOS?
El monto máximo del fondo se basa en el salario mensual promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el año 2023. Este valor se actualiza anualmente en enero para ajustarse a los efectos de la inflación, garantizando así la sostenibilidad financiera del programa.
EXCLUSIÓN DE JUBILADOS BAJO LA LEY DE 1973
La Ley de 1973 establece un régimen diferente para la seguridad social y las pensiones en México. Debido a estas diferencias estructurales, los jubilados que pertenecen a este régimen específico no podrán acceder a los beneficios del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Es fundamental que estos jubilados consideren otras opciones para asegurar un retiro digno que satisfaga sus necesidades financieras en la vejez.
¿QUIÉNES PODRÁN ACCEDER AL FONDO DE PENSIONES BIENESTAR?
Lo que determina el Diario Oficial de la Federación, los beneficiarios por el Fondo de Pensiones Bienestar, deben cumplir con lo siguiente:
- Edad y pensión: Las personas trabajadores que alcancen los 65 años de edad y cuya pensión sea igual o menor a 16,777.68 pesos (equivalente al salario mensual promedio registrado en el IMSS en 2023, actualizado por la inflación estimada para 2024).
- Cotización: las personas que hayan iniciado la cotización bajo la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997, y aquellas que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
- Complemento Económico: el fondo proporcionará un complemento económico a las obligaciones del Gobierno federal en relación con la pensión, de manera que la pensión total sea igual al último salario percibido, hasta por el monto establecido de 16,777.68 pesos.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar busca garantizar la seguridad financiera de los jubilados en México, es importante tener en cuenta las restricciones específicas que determinan quiénes pueden ser beneficiarios del programa.