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Finanzas

Aguinaldo: ¿Cuánto cobrará de impuestos el SAT y a quiénes?

Te explicamos quiénes estarán exentos y quiénes deberán pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria

Aguinaldo: ¿Cuánto cobrará de impuestos el SAT y a quiénes?

Con la llegada de El Buen Fin, algunos trabajadores comenzaron a recibir su aguinaldo correspondiente al año 2023, un derecho laboral establecido en el artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo (LFT), que se otorga anualmente antes del 20 de diciembre.

Sin embargo, no todo resulta beneficioso, ya que algunos empleados no recibirán el pago completo debido a la obligación de pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT), una situación que también afecta a otras prestaciones laborales.

Por esta razón, y para aclarar dudas, a continuación, te detallaremos quiénes estarán sujetos a descuentos fiscales y quiénes no.

¿DESCUENTOS POR IMPUESTOS EN EL AGUINALDO?

Conforme a la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR), los trabajadores que no estarán sujetos a impuestos en el pago de aguinaldo serán aquellos que reciban menos de 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).

En otras palabras, aquellos cuyo aguinaldo sea inferior a 3 mil 153 pesos no experimentarán retenciones fiscales.

BBVA México detalla que, si un trabajador percibe 10 mil pesos en salario mensual, por ley recibiría 5 mil pesos de aguinaldo.

A dicha cantidad se le quitarían los 3 mil 112 pesos (equivalentes a los 30 días de UMAs) y quedarían mil 887 pesos. Sobre esta última cifra, el SAT realizaría el cobro por concepto de ISR.

Es sobre dicho monto que los empleadores, dependiendo de su nivel de ingresos, deberán realizar el pago correspondiente en impuestos.

Por su parte, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) apunta que el cobro de ISR podría ir de un 1.92 hasta un 35 por ciento, que dependerá del salario del trabajador.

QUIÉNES NO RECIBIRÁN AGUINALDO

Todos los empleados contratados por honorarios no recibirán aguinaldo, ya que para acceder a este derecho laboral es necesario contar con una relación de subordinación en la prestación de servicios permanentes. Si no existe una relación clara de empleador y empleado, o si se trabaja como "freelance", no podrán beneficiarse de esta prestación laboral.