Intocable Constitución, para los jueces locales

Ningún tribunal local de Sonora puede analizar o modificar el orden jurídico federal como lo son leyes del Código de Procedimientos Penales, Código de Comercio o Ley Federal del Trabajo, entre otros, es lo que señala la última resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de Reformas a la Constitución Política de Sonora, indicó Francisco Javier Mejía Cisneros.


Por: Mónica Miranda

El abogado y académico de la Universidad de Sonora dijo que la Suprema Corte invalidó a los jueces de Sonora para analizar violaciones directas a la Constitución general, es decir, no se tienen las facultades para revisar ordenamientos jurídicos federales pues es exclusivo del Poder Judicial de la Federación.



"Las autoridades legislativas no tienen facultades para establecer tribunales de constitucionalidad que en un momento dado analicen las cuestiones que competen exclusivamente a la Federación, al Poder Judicial de la Federación".



Comentó que aún está pendiente la resolución de otras acciones de inconstitucionalidad promovidas por Morena en las que se demanda la invalidez de aspectos aprobados en la reforma a la Constitución del Estado por la anterior legislatura, referentes al número de votos requeridos, en este caso, dos terceras partes para la modificación de leyes constitucionales por el Legislativo y proyecto presupuestal.



"Las reformas que se plantean de la Constitución son aprobadas por las dos terceras partes y también por las dos terceras partes de los ayuntamientos, se aumentó el grado de dificultad para aprobar las reformas constitucionales comparado como estaba antes del 13 de agosto".