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Nacional / México

¡Ten cuidado! El SAT puede bloquear tu cuenta bancaria por estas razones

El fisco tiene la obligación de informar al contribuyente sobre el bloqueo de cuentas bancarias

¡Ten cuidado! El SAT puede bloquear tu cuenta bancaria por estas razones

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de congelar las cuentas bancarias de los contribuyentes, por lo que es importante estar bien con la dependencia y no presentar ningún tipo de complicaciones, porque el SAT, tiene la posibilidad de disponer de nuestro dinero si tenemos adeudos fiscales.

La dependencia tributaria inmoviliza los depósitos bancarios cuando estos sean irregulares o sospechosos, sin que se pueda disponer de ellos.

¿CUÁNDO EL SAT PUEDE BLOQUEAR NUESTRA CUENTA BANCARIA?

-Cuando las cuentas presentan irregularidades, sobre todo si existen deudas con el fisco y se detectan depósitos irregulares o sospechosos en dichas cuentas.

-En el caso que se tengan adeudos fiscales y no se haya interpuesto un medio de defensa, la resolución definitiva queda a favor del SAT. En ese sentido, el fisco ejercer el cobro respectivo y solicita a las instituciones bancarias, la inmovilización y transferencia de los recursos que se encuentren a nombre de la persona o personas con adeudos fiscales actualizados.

-Si existen adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos y no se ha ofrecido garantía alguna, el SAT ordena a los bancos a inmovilizar los depósitos para garantizar el monto de los adeudos fiscales y sus respectivos accesorios como: recargos, multas y gastos de ejecución.

El fisco tiene la obligación de informar a los contribuyentes por medio del buzón tributario, cuando bloquee las cuentas o personalmente cuando la persona dada de alta ante el SAT, cuente con el correo electrónico o el domicilio fiscal.

¿COMO SOLICITAR AL SAT QUE NO BLOQUEE NUESTRAS CUENTAS BANCARIAS? 

La dependencia tributaria en el país, tiene la opción de no bloquear nuestros depósitos bancarios y ofrecer a cambio otro tipo de garantía como es:

-Depósito en dinero o carta de crédito

-Fianza 

-Embargo en la vía administrativa 

-Títulos de valor o cartera de créditos del contribuyente

-Al igual que cuando nos bloquee una cuenta, el SAT deberá informarnos de estos cambios para poder solicitar el cambio en vez de que bloqueen nuestros depósitos bancarios. 

Es importante mantener una buena y sana relación con el SAT, para evitarnos sorpresas de no poder disponer de nuestros recursos económicos.