Senado aprueba en comisiones la “Ley Silla”, reforma en favor del descanso de los trabajadores
Incumplir con la normativa podrá acarrear multas elevadas para los empleadores supermercados y tiendas departamentales, por ejemplo
Luego de haber entrado a análisis a comisiones, la llamada Ley Silla fue aprobada, por lo que se espera que sea sometida al voto del Pleno del Senado de la República; en caso de que reciba el aval, deberá ser publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La iniciativa propuesta la senadora Patricia Mercado (Movimiento Ciudadano) y el presidente de la Comisión de Trabajo, Napoleón Gómez Urrutia (Morena), va enfocada a reformar los artículos 132 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) con los que se pone fin a la exigencia de los empleadores para exigir a sus trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada.
Noticia Relacionada
¿A QUIENES VA DIRIGIDA LA “LEY SILLA”?
Con esta disposición se obliga a los patrones a proveer de sillas con respaldo suficientes para descanso periódico, en especial para quienes laboran en los sectores de comercio y servicios, como supermercados, restaurantes y tiendas departamentales.
Y como en todo existen salvedades, esta orden podría ver limitado su cumplimiento cuando la naturaleza laboral lo haga necesario.
En el dictamen se lee: “Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: Obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones”.
De acuerdo con la propuesta, señala que estar de pie ocho horas continuas, ya que esto puede provocar diversos padecimientos, como: tendinitis, lesiones en rodillas, várices, fatiga, dolores musculares, hemorroides, hasta provocar un infarto o hasta un derrame cerebral.
Esto, señala la iniciativa, que los trabajadores destinan gran parte de su paga para la compra de medicinas para calmar las aflicciones.
SANCIONES A QUIENES INCUMPLAN CON LA “LEY SILLA”
De conformidad con la reforma, quienes incumplan con esta disposición se harán acreedores a considerables multas económicas, las cuales van de las 25 mil 935 hasta los 259 mil 350 pesos.
En caso de reincidencia, se ordenará la suspensión temporal de las actividades de la empresa, hasta que se corrija la infracción.
Asimismo, una vez que la reforma sea publicada en el DOF, las empresas tendrán 180 días para ajustar sus normativas internas.
Por su parte, los legisladores que impulsaron la reforma, Patricia Mercado y Napoleón Gómez Urrutia, destacaron que la iniciativa obedece a los perjuicios en la salud que impactan con esta práctica.
Finalmente, se espera que luego del aval recibido en comisiones, se espera que el Pleno del Senado la analice, vote y sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El día de hoy en Comisiones Unidas de Trabajo y Estudios Legislativos Primera aprobamos el dictamen para modificar la Ley Federal del Trabajo en materia de descanso durante la jornada laboral, la llamada #LeySilla con lo cual se garantizan los derechos de los trabajadores. pic.twitter.com/wgcQzZYx63
— Lucia Trasviña Waldenrath (@Luciatraswbcs) December 5, 2023