¿Puedo solicitar un crédito Infonavit si estoy jubilado?
Un crédito hipotecario es una de las prestaciones que más se aprecia, debido a que tener una casa significa poder dejar un patrimonio a los familiares
La adquisición de un bien inmueble como casa o departamento para el patrimonio de tu familia es una inversión que se adquiere en la mayoría de los casos, a través de un crédito hipotecario del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), sin embargo, una duda que puede presentarse es qué pasa con tu crédito si ya eres pensionado o jubilado.
De acuerdo a información del Infonavit, una persona que esté jubilada sí puede obtener un crédito siempre y cuando esté registrada en el sistema, tenga una relación laboral vigente y alcance los puntos que se necesitan.
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En caso de ser pensionado y ya no labora formalmente para ninguna institución, no es posible que accedas a un crédito de Infonavit.
SUBCUENTA DE VIVIENDA
Según información del Infonavit, si nunca ejerciste tu crédito hipotecario, lo que puedes hacer es solicitar el saldo que hayas ahorrado en la subcuenta de vivienda.
El ahorro que tienes en tu Subcuenta de vivienda es la suma de los recursos que fuiste recibiendo de las aportaciones de parte de tu empleador, y se clasifican de acuerdo con la fecha en que los recibiste.
¿CÓMO SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?
El instituto puntualizó que el trámite de devolución se puede hacer en Mi Cuenta Infonavit.
Para ello es necesario tener vigente la firma electrónica avanzada (e-firma) ante el SAT, proporcionar la cuenta bancaria a nombre del solicitante y contar con una resolución de pensión expedida por el Seguro Social.
El Infonavit pone a disposición de la gente los centros de servicio Infonavit (CESI) en caso de dudas o de no contar con algún requisito.
¿EN QUÉ RÉGIMEN ESTÁS INSCRITO?
De acuerdo al Infonavit los trabajadores que estén en el régimen 73 recibirán la devolución directamente en su cuenta bancaria todos los recursos disponibles, junto con los rendimientos correspondientes.
Quien esté en el régimen 97, los trabajadores que comenzaron a laborar después del primero de julio de 1997, los recursos de la subcuenta de vivienda son enviados a la Afore para sumarse al monto de su pensión.
Mientras que quien tenga recursos en el Fondo de Ahorro 72-92 o subcuenta de vivienda Solo Infonavit, deben solicitar la devolución de fondos en el instituto.