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Pensión Bienestar brinda apoyo a los deudos cuando fallezca el beneficiario; así lo tramitas

Es un pago único a que tienen derecho los familiares del adulto mayor o de persona discapacitada que estaba inscrita en el programa

Pensión Bienestar brinda apoyo a los deudos cuando fallezca el beneficiario; así lo tramitas

Así las cosas, el adulto auxiliar o acompañante del adulto mayor o de la persona discapacitada podrá hacer efectivo el pago de marcha siempre y cuando llene los siguientes requisitos:

Pensión del Bienestar, un apoyo económico para
adultos mayores y a las personas discapacitadas , que tiene como finalidad mejorar la calidad de vida del beneficiario.

Así las cosas, el adulto auxiliar o acompañante del adulto mayor o de la persona discapacitada podrá hacer efectivo el pago de marcha siempre y cuando llene los siguientes requisitos:

  • Debe notificar lo más rápido posible loa muerte del titular de la Pensión del Bienestar. Esto deberá hacerlo en los Módulos del Bienestar, o bien a través de la Línea del Bienestar (800-639-42-64).
  • Asegurarse de, a la muerte del beneficiario, estar registrado como adulto auxiliar en el programa.
  • Es importante que el adulto auxiliar no reciba ningún pago en el bimestre de muerte del beneficiario o posterior a dicha fecha.
  • Acudir al módulo con una identificación oficial y acta de defunción original o certificado médico emitido por alguna institución oficial pública, que avale la situación; esto debes hacerlo dentro de los dos bimestres posteriores a la fecha del deceso.