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Ordenan a Condusef transparentar teléfonos reportados como publicidad insistente de instituciones financieras

INAI señaló que el motivo fue que la Comisión no pudo identificarlos en el REUS, donde son registrados por las personas

Ordenan a Condusef transparentar teléfonos reportados como publicidad insistente de instituciones financieras

Esta semana, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió una orden a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) en torno a publicidad insistente de instituciones financieras.

El INAI determinó que la Comisión está obligada y debe transparentar los números telefónicos reportados, pues los ciudadanos habían han solicitado dejar de recibirla propaganda.

A través de un comunicado, el Instituto explicó que el asunto derivó de un recurso de revisión interpuesto luego de que la Condusef señalara que no pudo localizar estos números reportados por los quejosos y que se encuentran inscritos en el Registro Público de Usuarios (REUS).

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¿QUÉ ES EL REUS?

El REUS es un sitio web donde la gente se inscribe con el fin de dejar de recibir publicidad y promociones de instituciones financieras, las cuales considera molestas.

Además de llamadas de teléfonos promocionales, fijos o móviles, también aplica a correos electrónicos y laborales, con el firme objetivo de “mantener a salvo tu privacidad y evitar  molestias”.

“Este tema resulta de mayor relevancia, ya que otorga elementos para lograr que la herramienta respecto a la cual se está solicitando información sea un verdadero instrumento para terminar con las molestas llamadas telefónicas que hostigan a las personas”, añadió Adrián Alcalá,

El comisionado responsable de estudiar el caso señaló que es total responsabilidad de la Condusef tener actualizado el registro; además, estimó que se usó un criterio restrictivo en la búsqueda de esta información.

MULTAS DEL INAI POR VIOLENTAR LA LEY

Expuso que el INAI ha aplicado 11 millones de pesos en multas por violar la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, 36.76 por ciento del total corresponde a los servicios financieros.

Es decir, aclara Alcalá, si se registró para no recibir publicidad a través de llamadas y pese a ello esto continúa, “entonces, esta entidad financiera puede ser sujeta a esta multa económica”.

Destacó que denunciar ante el INAI es otra herramienta que sirve para frenar actos que violatorios al derecho a la protección de información personal.

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