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¿Es posible darse de baja ante el SAT? Aquí te explicamos

Los trámites gubernamentales suelen ser tediosos y hasta complicados, por eso entre más informado estés puede facilitarte la vida

¿Es posible darse de baja ante el SAT? Aquí te explicamos

Siempre que se trata de realizar un trámite ante una dependencia del Gobierno se nos suele complicar un poco la situación, muchas veces por la falta de información de los pasos que se deben segur para llevar a cabo la diligencia.

Y podría resultar un poco más complicado cuando se trata de algún trámite ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que el simple hecho de tener al corriente nuestras obligaciones para muchos contribuyentes suele ser algo complicado.

Por eso aquí te explicamos que tan posible es que te puedas dar de baja ante el SAT, cómo y en qué casos es posible y por qué.

Por lo general es altamente recomendable presentar un aviso ante el SAT en caso de que hayas suspendido tus actividades laborales y así darte de baja para evitar que las obligaciones fiscales continúen siendo una carga.

Solo son dos casos en los que puedes actualizar la situación del Registro Federal del Contribuyente (RFC), el primero es cuando dejas de realizar actividades económicas y la otra causa es por cambio de domicilio fiscal, y aplica tanto para personas físicas como morales.

Cabe mencionar que el trámite es toralmente gratuito, sin embargo, los adeudos y declaraciones pendientes ante el fisco siguen vigentes, por lo que el contribuyente deberá pagar el monto derivado de esas actividades económicas.

Darte de baja ante el SAT

Para realizar este procedimiento deberás cumplir con ciertos requisitos, como lo es el tiempo adecuado para hacerlo, lo mejor es durante el siguiente mes, después que hayas interrumpido tus actividades económicas, pero si el motivo es por un cambio de residencia fiscal de México al extranjero, el aviso se deberá presentar con no más de dos meses de anticipación.

Toda persona física o moral que requiera darse de baja ante el SAT tendrá que ingresar al portal de la dependencia, seleccionar si se trata de una persona física o moral, ir al apartado de "Trámites del RFC", “Actualización en el RFC” y después en "Presenta tu aviso de suspensión de actividades como persona física/moral”.

Es importante que cuentes con la información de tu RFC y contraseña para poder ingresar a realizar el trámite, posteriormente deberás llenar un formulario y confirmar, por último deberás imprimir o guardar el “Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal”.

Para que te sea aún más sencillo realizar este proceso puedes dar clic en el siguiente ENLACE y realizar el procedimiento antes descrito.