¡ES OFICIAL! Prohibido exhiban cajetillas de cigarros en tiendas
La venta de tabaco se hará de manera distinta: con una lista textual, en la que también estarán sus precios; no tendrán marca, sellos o logotipos
Considerando las graves afectaciones que este hábito tiene en la salud, y a fin de disminuir y prevenir su consumo, este domingo quedará para la historia, pues queda prohibida en todo México la exhibición de cigarrillos en todas las tiendas.
Las nuevas reglas, publicadas el 16 de diciembre, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que la medida entraría en vigor a los 30 días de publicada; es decir, este 15 de enero.
Así que a partir de este día, cadenas de supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y otros, no podrán tener a la vista estos productos; tampoco podrán mostrar carteles en los que se haga alusión al tabaco.
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Aunque su comercialización continuará, será de manera diferente, pues los negocios deberán tener una lista física que consigne la marca del producto y su precio, pero sin sellos o marcas que los identifiquen.
En concordancia con la legislación, queda prohibido “realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco”.
También queda prohibido fumar o tener cigarros prendidos en zonas de alta afluencia, como patios, jardines, terrazas, balcones, parques de diversiones, áreas de juegos o donde se reúnan menores de edad.
Tampoco podrán fumar en sitios recreativos, centros de espectáculos y de entretenimiento, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, clínicas, sitios de culto religioso o en restaurantes y en paradas de autobús.
Además, la publicidad de productos fabricados con tabaco no podrá transmitirse por ningún medio de comunicación, redes sociales, reuniones personales no por mensajes por correo.