Dentro de las consultas fiscales que nos plantean, llama la atención en especial una de ellas que no es algo de novedad y que se refiere a la deducción de automóviles para efectos del Impuesto Sobre la Renta, por lo que con gusto damos una respuesta sobre la misma.
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Artículo 36. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes:
II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00. Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, sólo serán deducibles hasta por un monto de $250,000.00.
Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.
Esta deducción se debe aplicar en cuatro ejercicios fiscales, es decir el 25% en cada uno de ellos por un importe de $43,750.00 y $62,500.00 en el caso de los eléctricos.
¿LOS PICK UPS SON AUTOMÓVILES?
De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en el Anexo 7, se incluye el Criterio Normativo No. 27/ISR/N Deducciones del ISR. Los vehículos denominados pick up son camiones de carga.
En consideración a lo anterior, se llega a la conclusión de que para este tipo de vehículos no existe un límite para su deducción como es en el caso de los automóviles, que están "topados".
INJUSTICIA DE DISPOSICIONES FISCALES
Hasta el ejercicio fiscal de 2015 solo se permitía deducir sobre un monto de $ 130,000.00 de inversión en automóviles (depreciación), pero desde el año 2016, ese importe se elevó a la cantidad de $175,000.00, que es la que en la actualidad prevalece. ¿Dónde está la injusticia?, en que no se reconoce la inflación acumulada de loa años transcurridos, misma que asciende oficialmente a 17.79% desde 2016 hasta 2019, por lo que el monto de la inversión por lo menos debería ser de poco más de $206,000.00 y $294,475.00 (eléctricos).
¿POR QUÉ HAY INJUSTICIA EN
LAS DISPOSICIONES FISCALES?
Por un lado vemos que se van actualizando las cantidades de varios conceptos como el salario mínimo, la inflación, las UMAS, UDIS y otros; sin embargo, la deducción de automóviles se encuentra igual que desde el año 2016. En el caso de las contribuciones, se actualizan de acuerdo con el artículo 17 A del Código Fiscal de la Federación, cuyo texto parcialmente se transcribe:
Artículo17 A: "El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deban actualizar".
CAEN VENTAS DE VEHÍCULOS
LIGEROS EN EL AÑO 2019
El INEGI informó que la comercialización de autos nuevos en todo 2019 se ubicó en un millón 317 mil 727vehículos ligeros, lo que significa una disminución de 7.7% en relación al 2018, cuando se vendieron un millón 426 mil unidades.
IMPORTANCIA DEL SECTOR
AUTOMOTRIZ EN MÉXICO
Por su parte, la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), reportó que en 2018 este sector, importante generador de empleos en la economía, dio trabajo a 1.9 millones de personas y que ha sido el principal receptor de Inversión Extranjera Directa (IED 2000 – 2017), recibiendo 60,677 millones de dólares.
CONCLUSIÓN
Con el propósito de que la economía del país sea más dinámica en este importante sector, se recomienda que las autoridades fiscales incentiven la adquisición de vehículos aumentando el monto de la inversión, por lo menos con el índice de inflación.
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