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Finanzas

Suprema Corte: bancos deberán devolverte dinero si tienes cargos no reconocidos

Cuando la Condusef queda rebasada, el máximo tribunal de justicia en México sentenció que hasta con intereses moratorios deberán regresarlos

Suprema Corte: bancos deberán devolverte dinero si tienes cargos no reconocidos

Las instituciones bancarias son de las entidades más recurridas tanto por personas físicas, como por las morales, y con sus diversos instrumentos financieros se día con día se hacen indispensables para la economía nacional.

Entre esa serie de instrumentos financieros están las tarjetas de crédito o débito, que se han convertido en uno de los productos bancarios más usados por la sociedad en general para las diversas transacciones financieras.

Y aunque en México existe una entidad encargada de velar por las personas, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), cuando esta se ve rebasada, es necesario recurrir al escalón más alto en la cadena de justicia: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

CORTE RESUELVE EN FAVOR DE LOS TARJETAHABIENTES

Y es que, a raíz de una serie de denuncias por cargos no reconocidos en tarjetas de los bancos, el máximo tribunal resolvió que en caso de que los tarjetahabientes vean cargos indebidos en sus tarjetas, los bancos estarán obligados a devolver ese dinero.

A través de su cuenta de X (antes Twitter), la SCJN publicó: "Ante un cargo indebido, los bancos deben regresar el dinero con intereses moratorios".

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Además, el máximo organismo de justicia del país señaló que, en caso de que el banco se rehúse a regresar el cargo no reconocido, también deberán pagar seis por ciento de intereses moratorios, los cuales contarán a partir de que el usuario notificó al banco el problema.

“En caso de acudir a una vía procesal o procedimental, la declaración de nulidad de los cargos reclamados trae como consecuencia que los efectos se retrotraigan hasta el momento en que se realizaron los cargos de manera indebida, si la institución bancaria no devolvió inmediatamente el patrimonio afectado”, señala la Corte.

EL BANCO PODRÁ DE REVERTIR EL PAGO BAJO ESTA CONDICIÓN

Por otra parte, en caso de que se demuestre que el tarjetahabiente o alguna persona autorizada haya hecho el cargo, el banco podrá revertir la devolución.

Sin embargo, en caso de pasar 45 días de indagatoria y la institución bancaria no emite dictamen, la reclamación del usuario procede.

También si el banco determina que la queja es improcedente, el usuario podrá emprender acciones legales para que las autoridades resuelvan si autorizó o no los cargos al plástico.