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Finanzas

SAT: ¿Quiénes pueden hacer trámites sin necesidad de sacar cita?

Entre los trámites que se realizarán están la inscripción en el RFC; la generación del certificado de e.firma y la Constancia de Situación Fiscal

SAT: ¿Quiénes pueden hacer trámites sin necesidad de sacar cita?

La escasez de citas para cumplir con las obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido un desafío persistente para los contribuyentes.

A pesar de intentar abordar esta problemática mediante soluciones como la implementación de un robot que monitorea el portal del organismo fiscal para obtener citas, estas medidas han resultado insuficientes para atender la demanda de aquellos que buscan cumplir con sus compromisos tributarios.

Asimismo, en circunstancias excepcionales, como lo evidenció el reciente paso del huracán Otis en Guerrero, la situación se complica aún más.

SAT CIERRA MÓDULOS EN GUERRERO

En respuesta a este desastre, el SAT ha cerrado temporalmente sus Módulos y la Oficina de Atención en los lugares afectados, incluyendo Chilpancingo, Iguala, Zihuatanejo, Guerrero "1" y Acapulco.

En este contexto, la autoridad fiscal ha anunciado que las citas confirmadas para trámites presenciales se reprogramarán una vez que se reanude la atención en las instalaciones afectadas.

Además, se ha establecido que, hasta el 30 de noviembre de 2023, las personas físicas con domicilio en Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en Guerrero, podrán realizar trámites sin necesidad de agendar cita.

QUÉ TRÁMITES SE REALIZARÁN

Estos trámites incluyen la inscripción en el RFC, la generación, revocación o renovación del certificado de e.firma, así como la expedición de la Cédula de Identificación Fiscal y la Constancia de Situación Fiscal.

Posterior a los daños ocasionados por el huracán Otis, la atención a los contribuyentes se llevará a cabo mediante la Oficina Móvil ubicada en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Guerrero 1, con sede en Acapulco.

El horario de atención será de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde a partir del 8 de noviembre. Durante este período, no se computarán plazos ni términos legales correspondientes a actos, trámites y procedimientos en las unidades administrativas del SAT, con el objetivo de facilitar que los contribuyentes con domicilio fiscal en las áreas afectadas cumplan con sus obligaciones fiscales.