Ten presente que ya quedan muy pocos días para realizar tu declaración anual, ¡toma nota!, aquí te brindamos mayor información sobre el tema
Por: Luis Flores
Desde hace meses, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a través de distintos canales de comunicación, que la declaración anual 2023 para personas físicas se debe realizar durante el mes de abril, pero, ¿los jubilados y pensionados también deben de hacer este trámite?
Cabe destacar que el SAT es la entidad encargada de gestionar los aspectos fiscales y aduanales en México, requiere que tanto individuos como empresas presenten sus Declaraciones Anuales, un reporte detallado de ingresos, deducciones, retenciones e impuestos pagados durante el ejercicio fiscal, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año correspondiente.
¿LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS TAMBIÉN DEBEN DECLARAR?
Los ingresos por pensiones y jubilaciones se encuentran exentos del Impuesto sobre la Renta (ISR), por lo que no habría que presentar declaración anual por dichos ingresos.
De acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, dependiendo de cada caso habrá o no la obligación de presentar la declaración anual.
El asesor y catedrático indicó que los ingresos por pensiones y jubilaciones se consideran ingresos por sueldos y salarios. Por eso, deben tratar de como ingresos de un trabajador en activo.
CLARIDAD
Existen algunos casos específicos en los que los pensionados sí deben presentar la declaración anual ante el SAT, y aquí te decimos cuáles son.
Según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), los pensionados que deben presentar declaración anual son:
- Aquellas cuyos ingresos anuales superen los 400 mil pesos.
- Si tiene dos o más ingresos por pensión, aún cuando el monto no supere los 400 mil pesos.
- En caso de tener ingresos por algún otro régimen, como: arrendamiento o actividad empresarial.
DECLARACIÓN
En la declaración anual se deben presentar los ingresos obtenidos durante el año anterior, en este caso, los ingresos que se obtuvieron durante 2023.
Los obligados a presentar la declaración anual son las personas físicas que hayan obtenido ingresos por sueldos, actividad empresarial, arrendamientos, adquisición de bienes y premios, entre otras.
Las personas que cuenten con pensión del IMSS e ISSSTE, y no estén entre los casos señalados anteriormente, no deben presentar la declaración anual 2023.