El pasado 28 de septiembre de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó la versión 3.0 de los CFDI y sus complementos
Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz
Como parte de las obligaciones fiscales, se acerca la fecha límite del 31 de marzo para realizar un trámite obligatorio ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual implica la actualización de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) a su versión 3.0, junto con el complemento Carta Porte
El pasado 28 de septiembre de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó la versión 3.0 de los CFDI y sus complementos, dando así inicio a un período de transición.
Inicialmente, el SAT había establecido el 31 de diciembre de 2023 como fecha límite para la implementación de la nueva versión; sin embargo, se decidió otorgar una prórroga hasta el 31 de marzo de 2024 para que los contribuyentes pudieran adaptarse a estos cambios.
¿DE CUÁNTO SON LAS MULTAS?
Es fundamental recordar que, tras la finalización de la prórroga el pasado 31 de diciembre de 2023, el SAT comenzará a aplicar multas y sanciones a aquellos que no hayan actualizado sus CFDI a la versión 3.0 con complemento Carta Porte.
Cabe destacar que las multas incluyen desde 400 hasta 600 pesos por cada CFDI sin el complemento adecuado, así como sanciones de entre 760 pesos y 14 mil 710 pesos por no mostrar la Carta Porte 3.0. Además, las reincidencias podrían acarrear multas desde 880 pesos hasta 112 mil 650 pesos.
EVITA SANCIONES
Es esencial que los contribuyentes estén al tanto de estas obligaciones y tomen las medidas necesarias para evitar sanciones económicas a partir del 1 de abril de 2024.
El incumplimiento de estas normativas podría resultar en consecuencias financieras significativas para las empresas y los individuos.
Por tanto, se insta a los contribuyentes a que tomen las medidas pertinentes para actualizar sus sistemas y procedimientos de facturación electrónica a fin de cumplir con las regulaciones vigentes y evitar cualquier contratiempo con el SAT.