Condusef: esto es lo que ningún despacho de cobranza puede hacer contra ti

Conocer estas prácticas prohibidas empodera al deudor, permitiéndole negociar y gestionar su situación financiera de manera informada y protegida

Por: Luis Flores

De acuerdo a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), enfrentar deudas atrasadas no solo implica lidiar con la presión financiera, sino también con la posibilidad de que la empresa prestamista recurra a un despacho de cobranza.

Según la Condusef, esta situación puede desencadenar un ciclo de molestas llamadas y gestiones. Ante esta realidad, es crucial conocer qué prácticas están prohibidas y qué derechos tienes como deudor.

RECUPERACIÓN DE DEUDAS VENCIDAS

Es importante saber que los despachos de cobranza, también conocidos como despachos jurídicos, son agencias especializadas en la recuperación de deudas vencidas.

Cuando una persona incumple sus pagos, ya sea en tarjetas de crédito, préstamos u otros créditos, la entidad prestamista puede recurrir a estos despachos para recuperar la deuda.

La cartera vencida se refiere a los endeudamientos que los clientes no pudieron saldar a tiempo, convirtiéndolos en morosos.

Es vital entender qué prácticas están prohibidas para los despachos de cobranza según las nuevas reglas establecidas por la Condusef:

¿QUÉ NO PUEDEN HACER DESPACHOS DE COBRANZA?

  • No utilizar nombres o denominaciones similares a instituciones públicas: Se prohíbe el uso de nombres que puedan confundirse con instituciones oficiales.
  • No amenazar, ofender o intimidar: los despachos no pueden recurrir a prácticas intimidatorias hacia el deudor, sus familiares o cualquier persona no relacionada con la deuda.
  • No realizar gestiones de cobro a terceros: queda prohibido realizar gestiones de cobro a personas ajenas a la deuda, a excepción de deudores solidarios o avales.
  • No enviar documentos que simulen escritos judiciales: los despachos no pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales ni ostentarse como representantes de autoridades legales.
  • No establecer registros distintos a los existentes: prohibición de crear registros, listas negras, cartelones u anuncios que divulguen la negativa de pago de los deudores.
  • No recibir el pago directo del adeudo: los despachos no pueden recibir el pago directo del adeudo por cualquier medio.
  • No realizar gestiones con menores o adultos mayores: Salvo en casos de adultos mayores deudores, está prohibido realizar gestiones con menores de edad.
  • No gestionar créditos en lugares no autorizados: los despachos solo pueden llevar a cabo gestiones en los lugares autorizados por la entidad financiera o el deudor.

Conocer estas prácticas prohibidas empodera al deudor, permitiéndole negociar y gestionar su situación financiera de manera informada y protegida.