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Finanzas

¿Se puede cambiar de nómina si se tiene un adeudo?

Antes de realizar este proceso en alguna institución bancaria, aquí te decimos cuáles son los factores que debes de tomar en cuenta

¿Se puede cambiar de nómina si se tiene un adeudo?

La cuenta de nómina es el banco destino al cual te realizan tus pagos del trabajo, ya sean semanales, quincenales o mensuales.

Es importante destacar que algunas empresas ya tienen por ‘default’ convenios con instituciones bancarias y es a través de ellas donde realizan los depósitos a sus empleados.

Sin embargo, también tienes la posibilidad de hacer el la portabilidad de tu cuenta de nómina, pero antes debes tomar en cuenta ciertos factores.

Entre ellos están los rendimientos u oportunidades que te ofrece el banco al cual te quieres cambiar e incluso si hay cajeros o sucursales cerca de tu casa o trabajo.

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CLARIDAD

A pesar de que la empresa donde trabajas te da una tarjeta o un contrato para adquirir una, la realidad es que tú puedes elegir dónde guardar el dinero que te pagan.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) detalló que la portabilidad o transferencia de la cuenta de nómina es un derecho de cualquier persona y se realiza sin costo alguno.

¿SE PUEDE CAMBIAR DE NOMINA SI SE TIENE UN ADEUDO?

De acuerdo con información de BBVA, sí es posible cambiar la nómina aunque tengas deudas. “Lo que sucederá es que el banco donde te depositan la nómina retendrá la parte de la deuda y el resto de tu dinero se transferirá a la cuenta del banco que tú elijas”.

Esto quiere decir que dependerá del tipo de deuda que tengas. Por ejemplo, si en tu tarjeta de débito tienes un adeudo con el banco, la cantidad será retenida de forma automática aunque hagas el cambio de nómina.

De esta forma, si quieres evitar el pago de una deuda al cambiar de banco, esto no te servirá de mucho.

La Condusef explicó que se pueden aplicar dos tipos de cargos en la cuenta original, estos son:

  • Cuando se haya pactado realizar el pago de créditos otorgados por el mismo banco.
  • En caso de que estén autorizados cargos con servicios domiciliados para el pago de créditos.