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Finanzas

Adulto mayor: ¿recibiste visita domiciliaria del SAT? Esto te interesa

Es importante informarse cómo proceden este tipo de procedimientos para revisar si tu situación fiscal está en orden

Adulto mayor: ¿recibiste visita domiciliaria del SAT? Esto te interesa

¿En alguna ocasión te ha llegado una visita domiciliaria de alguna autoridad fiscal u otra institución? Si tu respuesta es sí, entonces esta información te interesa.

Y es que lo primero que debes saber que en México existen distintos procedimientos administrativos de fiscalización que permiten, dentro de sus atribuciones, tanto a las autoridades fiscales federales (SAT, entre otros), como a algunos organismos federales autónomos (IMSS e Infonavit) a realizarlas, máxime si se trata de personas de la tercera edad o incapacitadas.

Por ello, y a fin de dar certeza jurídica a estos procedimientos, en los que esté involucrada un adulto mayor, estas autoridades están obligadas a cumplir con el proceso, así como con todas las formalidades del caso, conforme a la legislación vigente; además, deben informar al adulto mayor sobre sus prerrogativas procesales de las que son titulares.

Esto, de acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), el procedimiento debe realizarse, independientemente de la legislación en torno al caso, aunque no contemplen ni informen sobre su contenido en torno a los derechos que asisten a este sector poblacional.

Y es que el marco legal referido tiene como finalidad la protección especial a las personas de la tercera edad, dada su vulnerabilidad, dentro de los procedimientos fiscales de que formen parte.

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SI ERES UNA PERSONA DE LA TERCERA EDAD, ¡CHECA ESTO!

Así las cosas, en el caso de que se tenga que realizar una visita domiciliaria a un adulto mayor, la autoridad fiscal debe informar al contribuyente, desde que entrega la Orden de Visita, o durante la misma visita (de conformidad con el inciso c, de la fracción II, del artículo 5) de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, quienes tienen derecho a ser asesorados jurídicamente gratuitamente y, en caso de considerarlo necesario, contar con la presencia de un representante legal.

En caso contrario, todo lo actuado durante el procedimiento será invalidado, en caso de que se mita resolución contraria a los intereses del adulto mayor involucrado.

Por ello es importante que recuerde que si una persona de la tercera edad está sujeta un procedimiento administrativo fiscalizador, puede ser asesorada sin costo alguno.