Propone ingreso de los adictos involuntariamente

Por: Eduardo Sánchez

Propone la legisladora local Diana Platt Salazar que aquellas personas con problemas de adicción o en­fermedad mental puedan ingresas de manera invo­luntaria a alguna institu­ción de salud para su reha­bilitación.


Por: César Fraijo

La legisladora, presentó en la sesión de ayer una ini­ciativa que reforma la Ley de Prevención, Tratamien­to, Rehabilitación y Control de Adicciones del Estado de Sonora, que fue turnada a la Comisión de Salud para su análisis.


La representante popu­lar, explicó que su iniciativa que reforma el artículo 46, párrafo primero y fracción II y adiciona las fracciones I BIS y X TER al artículo 7 de la ley mencionado, entre los criterios para el ingreso involuntario destaca:

“Cuando una persona se encuentra en estado de incapacidad transitoria o permanente derivada de un cuadro de intoxicación agu­da, síndrome de abstinencia o complicaciones médicas y psiquiátricas que le impi­dan solicitar ayuda por sí mismo, se propone que un familiar, tutor o represen­tante legal solicite atención de servicio médico, siempre que exista una indicación al respecto por parte del médi­co tratante”,

Comentó que, en el caso de menores de edad, “si el diagnóstico confirma la exis­tencia de un padecimiento relacionado con el consumo de sustancias psicoactivas, y el médico tratante susten­ta y justifica que se requie­re el internamiento para la atención del mismo, éste deberá llevarse a cabo con estricto apego a las disposi­ciones normativas sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes, prevaleciendo en todo momento el princi­pio del interés superior de la niñez”.

Aclaró que ingreso in­voluntario procederá sólo cuando sea solicitado por un familiar, tutor o repre­sentante legal, exista justi­ficación médica, se realice una valoración que sustente y justifique la necesidad de atención, por ser un peligro grave o inmediato para sí mismo o terceras personas.

La legisladora hermo­sillense, recordó que Ley de Salud Mental y Ley de Prevención, Tratamiento, Rehabilitación y Control de Adicciones, “no establecen de manera clara el ingreso involuntario y los supuestos dentro de los cuales es apli­cable”.