Pensión Bienestar sin aguinaldo

No es una contraprestación por un empleo formal, por lo que no aplica el concepto de aguinaldo

Por: Leova Peralta

La secretaría del Bienestar recuerda y aclara que la Pensión Bienestar, en cualquiera de sus rubros, no otorga aguinaldo debido a que se trata de un programa social y no de una pensión laboral como la que reciben algunos beneficiarios que trabajaron durante cierto tiempo en un empleo formal.

Los programas sociales a los que se refiere son la de personas adultas mayores para personas de 65 años o más quienes reciben 6 mil 200 pesos de manera bimestral; para beneficiar a personas con discapacidad permanente hasta los 64 años de edad; mujeres bienestar que ya es un programa universal que otorga un apoyo económico bimestral de tres mil pesos a féminas de 60 y 64 años de edad.

Cabe mencionar que dichas pensiones provienen del fondo de pensiones para el Bienestar, que es un fideicomiso público diseñado para complementar las pensiones de trabajadores que cotizaron bajo el régimen de cuentas individuales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) a partir de 1997.

Lo anterior es para garantizar que reciban hasta el cien por ciento de su último salario promedio, con un monto máximo establecido, para asegurar un retiro que, sumado a la pensión mencionada del Bienestar, quienes reciban este beneficio puedan vivir de una manera más tranquila económicamente.

El aguinaldo tanto de IMSS o ISSSTE, se otorga como un derecho de acuerdo a lo establecido por la ley laboral, mientras que la pensión Bienestar está diseñada para ofrecer un apoyo económico a personas adultas mayores, y no es una contraprestación por un empleo formal, por lo que no aplica el concepto de aguinaldo.