Utilidades 2024: ¿Puede tu empresa pagarte esta prestación con vales de despensa?

Los trabajadores tienen derecho de recibir un porcentaje de las ganancias que hayan obtenido su empresa o patrón

Por: Ofelia Fierros

Mayo y junio son los meses destinados para el reparto de utilidades en México, un derecho que tienen los trabajadores, según lo establece la Ley Federal del Trabajo, para recibir un porcentaje de las ganancias que haya generado una empresa o patrón.

Es la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas quien se encarga de determinar el monto que deberá recibir cada empleado, que es el 10 por ciento de las utilidades netas de la empresa.

Este cálculo se basa en el salario diario de los trabajadores, sin incluir otros conceptos como horas extras, bonos, entre otros.

¿SE PUEDEN PAGAR LAS UTILIDADES CON VALES DE DESPENSA?

Según el Artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo, el reparto de utilidades deberá efectuarse en moneda en curso legal, es decir, en efectivo.

Asimismo, se prohíbe que el trabajador reciba algún otro método de pago, como vales de despensa, mercancía o cualquier otro sustituto para reemplazar el dinero.

¿CUÁNDO ES LA FECHA LÍMITE PARA EL PAGO DE UTILIDADES?

En el caso de los empleados que laboran para una empresa (persona moral) a más tardar el 30 de mayo deberán recibir su pago de utilidades; mientras que quienes laboren con un patrón (persona física) tienen hasta el 29 de junio para recibir su pago.

Asimismo, según lo establece la Ley Federal del trabajo, en caso de no recibir este recurso, o recibirlo de forma incompleta, los trabajadores tienen hasta un año de plazo, contando a partir el día siguiente a la fecha límite establecida para reclamarlo.

 ¿EL SAT COBRA IMPUESTOS DEL REPARTO DE UTILIDADES?

El reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo

¿QUÉ PASA SI UN PATRÓN NO CUMPLE CON EL REPARTO DE UTILIDADES?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señaló que las empresas y patrones a que no cumplan con el reparto de utilidades en tiempo y forma, serán acreedores a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo establece la LFT.