Utilidades 2024 en México: ¿Cuándo se entregan y quienes las reciben?

Comprender los detalles y las fechas precisas de este proceso puede ser esencial para los empleados y empleadores por igual

Por: Luis Valenzuela

En el entramado de las relaciones laborales en México, el pago de utilidades se establece como un pilar fundamental, no solo como una prestación, sino como un derecho constitucional que asegura que parte de las ganancias generadas en una empresa sean distribuidas equitativamente entre sus trabajadores.

Sin embargo, comprender los detalles y las fechas precisas de este proceso puede ser esencial para los empleados y empleadores por igual.

La Ley Federal del Trabajo en México consagra el reparto de utilidades como un derecho irrefutable para los trabajadores formales, y este se materializa para aquellos empleados que hayan laborado un mínimo de 60 días en empresas cuyas utilidades totales superen los 300 mil pesos, según la declaración presentada ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y que la empresa tenga más de un año de funcionamiento.

Una vez cumplidos estos requisitos, los trabajadores tienen derecho a recibir sus utilidades, independientemente de si continúan o no la relación laboral con la empresa en cuestión o si estaban contratados bajo esquemas temporales, así que, este aspecto resalta la importancia de esta prestación como un derecho adquirido que no está sujeto a la vigencia de un contrato de trabajo.

Para las empresas constituidas bajo el régimen de personas morales, el período para el pago de utilidades comienza el 1 de abril de 2024 y se extiende hasta el último día hábil de mayo, en cambio, cuando se trata de personas físicas, esta obligación se extiende desde el primer día hábil de mayo hasta el último día hábil de junio.

Estableciéndose así estas fechas que marcan los límites temporales en los cuales las empresas deben cumplir con su responsabilidad de distribuir las utilidades entre sus trabajadores.

Es crucial destacar que el pago de utilidades no se aplica a ciertos grupos de empleados, como directores, administradores, gerentes generales, trabajadores domésticos, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, prestan sus servicios sin mantener una relación laboral subordinada con el empleador. Esta distinción subraya la naturaleza específica de esta prestación y los criterios que la definen.

Sin embargo, hay casos en los que algunas empresas quedan exentas del pago de utilidades en este 2024, entre las que destacan aquellas de nueva creación, que durante su primer año de funcionamiento no están obligadas a realizar este pago.

De manera similar, instituciones como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y entidades públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia no entran en la categoría de empresas obligadas a distribuir utilidades.

Además, empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, así como instituciones de asistencia privada que realizan acciones humanitarias sin fines de lucro, también están exentas de esta obligación.