Solo por este motivo se podría suspender el sorteo de la Lotería Navidad

A pesar de que aún no ha ocurrido, existe solo una causa por la que esta tradicional rifa pudiera ser suspendida

Por: Luis Valenzuela

El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, anhelado por muchos como una oportunidad para cumplir sus sueños, está a punto de llegar, programado para el próximo viernes 22 de diciembre.

A pesar de sus más de dos siglos de historia, surge la pregunta de si existe la posibilidad de que este emblemático sorteo pueda suspenderse. A continuación, analizamos los detalles.

A lo largo de su gran trayectoria, el Sorteo Navideño se ha llevado a cabo sin interrupciones, incluso en momentos críticos como la Guerra Civil, crisis y pandemias.

ESTA ES LA CAUSA POR LA QUE SE PUDIERA SUSPENDER EL SORTEO

No obstante, existe un escenario específico que podría provocar la suspensión del evento, y este sería la avería de alguno de los bombos o de cualquier otro instrumento utilizado en la celebración del sorteo.

El artículo 32 establece los procedimientos a seguir en caso de rotura o descomposición de algún globo u otro útil utilizado en el sorteo. Según el artículo, si se produce dicho incidente, el presidente tomará medidas inmediatas para la reparación, siempre que sea posible.

En caso contrario, y si alguna pieza mecánica resulta inutilizable, el acto continuará mediante métodos manuales, a criterio de la Junta, hasta su conclusión.

En situaciones donde se requiera un aplazamiento para realizar modificaciones, este puede ser ilimitado, manteniendo abiertas las puertas al público durante todo el proceso de resolución de incidencias y finalización del sorteo. Si la avería es de tal magnitud que impide la continuación del evento, se considerará suspendido, documentando el incidente y la decisión de la Junta en un acta.

En última instancia, el artículo subraya la importancia de conservar los documentos, así como las bolas de números y premios ya seleccionadas, detallándolos en el acta correspondiente. Esta acta se enviará al Ministerio de Hacienda para su conocimiento y resolución. Se informará de inmediato a los asistentes sobre la decisión de la Junta, y el acuerdo ministerial se publicará en el Boletín Oficial del Estado en el momento oportuno.